miércoles, 18 de febrero de 2015

Colapso en los juzgados ¿pocos jueces o mal distribuidos?


Las últimas noticias de colapso en los órganos jurisdiccionales salidas en prensa, muy en particular con fotografías de resoluciones judiciales señalando vista para 2018 y 2019, está haciendo cuestionarse la existencia real de medios. Concretamente, se está queriendo hacer ver que la media de jueces por habitante en España es muy inferior a la media europea y que es una de las razones esenciales de dicho colapso. Debo confesar que durante mucho tiempo he coreado esa canción y acabo de ver que era un error, no sé si absoluto, pero desde luego un error.

Si nos fijamos en la tabla con la que se encabeza el post podemos ver que España (ES) es, empezando por el final, el sexto de veintisiete países de la UE en número de jueces por habitante. A priori es una mala noticia. Sin embargo, si nos paramos a analizar la tabla, podemos ver que los países “más judicializados” son países de Europa del Este y en algunos casos que han salido de guerras recientes. Los nueve países con más jueces son: 1) Eslovaquia (SI), 2) Croacia (HR), 3) Luxemburgo (LU), 4) Bulgaria (BG), 5) República Checa (CZ), 6) Hungría (HU), 7) Polonia (PL), 8) Lituania (LT) y en el puesto 9º nos encontramos a Alemania (nótese que los códigos de dos letras son ingleses).

Es decir, España sale malparada en ratio jueces/habitante con países de Europa del Este, otros escindidos de Rusia y el más “oriental”, Alemania, está el 9º de 27.

Veamos quiénes son los desventurados a los que vencemos (de más jueces a menos):
España (ES), Italia (IT), Francia (FR), Malta (MT), Dinamarca (DK),  Irlanda (IE) y no hay datos de Inglaterra en la tabla.

Los 4 países inmediatamente por encima de España son Suecia (SE), Chipre (CY), Holanda (NL), Bélgica (BE).

En resumen, desde luego que siempre se puede invertir más en jueces, pero, nos guste o no, estamos por encima de países “grandes” de Europa como Francia e Italia y no demasiado lejos de otros con los que podemos tener lazos culturales más estrechos. No olvidemos tampoco que tenemos varias Comunidades Autónomas que en número de habitantes son más grandes que muchos países europeos (Dinamarca, Bélgica, etc.).

Este tipo de quejas de la falta de jueces suele provenir de dos grandes colectivos: 1) Los sustitutos que se han ido a la calle (para muy probablemente no retornar jamás) y 2) Colectivos judiciales bajo la eterna y manida queja de la “falta de medios”.

Entre los jueces sustitutos cundió un grave error de cálculo: pensaron que Justicia iba a ser como otras administraciones, pero se equivocaron. Al poder no le interesa ser controlado y Justicia es una administración muy particular: carece de la autonomía, por ejemplo, de la universidad y no es de la de generar estómagos agradecidos como las autonómicas y municipales. A esto le añades que han sido utilizados desde para cubrir 3 jurisdicciones la misma semana, a cubrir cursos a los que se iba el titular y endosarle los casos que no quería ver (todo esto visto por mí y bastantes veces, o sea que en eso no se quejan gratuitamente), para que siempre hayan estado en la cuerda floja. Lamentablemente y pese a lo que a ellos les pese, era lógico que acabasen desapareciendo, salvo para las coberturas más extremas (bajas por embarazo y de larga duración, vacantes de la plaza hasta cobertura por concurso). En Fiscalía, por poner otro ejemplo, no creo que haya sustituto que ose desobedecer mínimamente a un jefe, o cuestionar una orden, y un funcionario que no puede decir que no a algo, por temor a que con un informe lo liquiden, le hace flaco favor al administrado. A título personal lo siento por los jueces y fiscales sustitutos pero, a decir verdad, la calidad del trabajo, y no sólo la rapidez del mismo, es importante y gente que no puede garantizar su imparcialidad no debe tener funciones de tal calado. En el congreso de la APIF de mayo de 2014 defendimos que el camino a seguir es el de creación de plazas para opositores en un sistema que es de los más transparentes y complicados de “toquinear” del país (test + 2 exámenes orales, 9 miembros del tribunal de distintas procedencias y de la abogacía, etc).

En cuanto a las quejas de los de carrera hay que ver las cosas con matices: no todos los órganos están colapsados, ni todas las jurisdicciones.
A) La profesionalidad y dedicación al trabajo hace mucho. Hay órganos idénticos en la misma ciudad que te resuelven recursos en un mes y otros en siete. Con idénticos medios, tipología de órganos y en el mismo municipio no debería haber base razonable para que eso aconteciese; al final, la calidad profesional acaba afectando más de lo que parece.

B) Hay ciudades donde los Juzgados de lo Penal señalan más de 10 juicios en una mañana y otras que tienen acordado 6 como máximo. Día a día, mes a mes, año a año, es pendencia que afecta al órgano o cronifica su parálisis.

C) Hay jurisdicciones, pienso singularmente en la contenciosa, donde es inviable seguir pensando que se tengan que resolver los recursos por 3 o 5 Magistrados en primera instancia. Pensemos: a un asalariado lo despiden o lo sancionan y tiene un juicio social con un órgano unipersonal en su capital de provincia como muy lejos. Un policía, fiscal o juez, por poner ejemplos de funcionarios, verán resueltos sus recursos en primera instancia por 3 Magistrados (TSJ), 5 (AN para el fiscal) o 5 (TS para el juez). No es razonable que una sanción de 400 € de multa a un juez la tenga que revisar en primera (y única) instancia 5 Magistrados del TS.
Pensemos en una sanción tributaria de 500 € que ha pasado por el Tribunal Económico; no es lógico que 3 Magistrados contenciosos tengan que resolver una miserable sanción de 500 €. Pero los jueces, o al menos sus asociaciones, callan sobre esto, con lo cómodo que es resguardarse en la masa, por si hay un error. No en vano, en España nunca se ha condenado por prevaricación (aunque sea imprudente) a un órgano colegiado. También tendríamos que hablar de dónde se da más el colapso, si en órganos colegiados o unipersonales.

D) Pero vamos a la jurisdicción penal y más de lo mismo. Juzgado de lo Penal nº 1 de Logroño: 2479 ejecutorias pendientes en 2012. TSJ de La Rioja en el mismo municipio (3 ó 5 Magistrados en su Sala de lo Penal): 1 asunto en todo el año. Los descreídos pueden acudir a ESTE POST.

E) Las estadísticas, además, han de tener en cuenta otro factor de corrección: en casi ningún país de Europa, por no decir ninguno, instruye penalmente un juez, sino el fiscal, con lo que son más funcionarios a repartir para enjuiciar penalmente o para otras jurisdicciones, con lo que ese factor altera el concreto puesto que ocupa nuestro país en esa lista.

F) Hay otros factores que ayudan a que la calidad del trabajo se resienta, y vuelvo a pensar en penal: como los juzgados de pueblo y los juicios de faltas, que consumen demasiados recursos para lo que se saca de ellos. Me encantaría llevarme a algún político a que escuchase de un juez de lo penal lo que piensa de la calidad de la instrucción de lo que le viene del pueblo, en comparación con la de los jueces de ciudad, o que se viniera a ver cómo se pierden mañanas enteras con 15 faltas señaladas y de las que se acaban celebrando pocas y para condenarles a 180 €, mientras los casos de cientos de miles de euros siguen durmiendo el sueño de los justos.

En resumen, es cierto que se puede invertir en más plazas pero, con un nivel superior de jueces por habitante ¿están colapsados en Francia?, ¿no se podrían “adelgazar” las competencias de algunos órganos colegiados, en particular contenciosos y TSJ de aforamientos donde no hay trabajo real? ¿es lícito perder pendencia a base de absolver masivamente (hablo de porcentajes desmedidos respecto a los demás colegas del mismo municipio) con lo que hay menos ejecutorias a incoar? ¿Si un juez de Plaza de Castilla tiene señalados unos 30 juicios de faltas por qué en muchos pueblos te encuentras 2 en una mañana? ¿Por qué en una ciudad los Penales señalan hasta 14 juicios y en otras es raro ver más de 6? Tampoco se habla en exceso de especializar juzgados, como se hizo en su día con violencia de género, familia o menores, o incentivar los de tramitación rápida (juicios rápidos), medidas que creo están dando resultados satisfactorios.

Hay que ser muy serios con el discurso que se pretende dar, porque mucha gente se está dejando la piel en esto y los discursos no deben ser simplistas, bajo el riesgo de que los otros poderes del Estado nos dejen en ridículo y no se ganen las batallas donde sí se podría argumentar con toda contundencia.

No puedo sino acordarme de mi profesor de matemáticas de COU, que nos dijo que las estadísticas siempre dirían lo que quisiésemos que dijesen.


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6 comentarios:

  1. Brillante comentario y sobre todo real así que no nos haremos muchos amigos. No sé sí sabrás que el único problema de la Justicia española es el dinero. Creo.

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  2. Cierto, los jueces podrían estar mejor aprovechados. No deberían perder tiempo en cosas como los procedimientos de jurisdicción voluntaria, o el registro civil, o los trasplantes, o las JEZ (¿alguien ha calculado la de horas de trabajo de los jueces durante los procesos electorales, que se podrían dedicar a labor jurisdiccional?), o denuncias sin autor conocido o partes de urgencias.
    O los secretarios judiciales, que con una excelente preparación pasan la mitad de su tiempo metiendo o sacando datos en un ordenador.
    Pero en conjunto, viendo el número de asuntos que entran en los juzgados y el número de jueces, lo dividas como lo dividas, sigue existiendo poco juez para tanto pleito. Porque los magistrados de esas salas con sólo dos asuntos al año, muchas veces echan una mano en otras salas del mismo tribunal.
    Y en cuanto a los jueces que señalan 10 juicios donde otros hacen 30,... habría que ver exactamente cómo se desarrolla esos juicios.
    Suponiendo cinco horas de sala y tres para pensar, estudiar y redactar las sentencias, tenemos 10 minutos por juicio y 6 minutos por sentencia. Salvo los juicios de faltas sin testigos, no se me ocurre qué otro procedimiento puede durar tan poco (o merecer tan escasa atención).
    ¿El juez de los 30 juicios (frente al de los 10) deja a los abogados trabajar en condiciones?
    * presentar todas las pruebas de que disponen ( y no: "sólo 2 testigos, el resto me sobran"; ¿cómo, si no sabes lo que van a decir?)
    * "los peritos fuera, total ya está el informe por escrito, ¿qué más va a decir?"
    * interrogar con todo el detalle preciso ("impertinente" - sin que el abogado acabe de hacer la pregunta)
    * informar como es debido ("abrevie, señor letrado, que no tenemos todo el día...")
    Y todo con los modos lógicos en quien siente la presión de personas amontonándose en el pasillo, por el retraso acumulado de los juicios que irrealmente se señalaron con sólo diez minutos de diferencia.
    El justiciable y su abogado suelen preferir que les dejen hablar y defenderse.
    Mi experiencia personal en juez de ciudad/de pueblo, es diferente. Yo he oído a fiscales decir que tiemblan cuando tienen que ir a juicio con un asunto instruido en la capital, porque siempre les falta algo, mientras que en el pueblo se hace todo más meticuloso. Y abogados que saben que tienen posibilidad de absolución, o de negociar bien una conformidad si viene de un instrucción de capital donde se ha hecho todo a cien por hora y faltan cosas esenciales. Generalizar es malo.
    Personalmente, siempre me ha parecido que la rapidez o lentitud de trámite en un juzgado no depende tanto del juez o el secretario sino más de los funcionarios (si es que los hay y no son interinos). Fíjese que en gran medida depende del éxito del agente judicial: hay quien logra 20 requerimientos/citaciones/emplazamientos en una salida y quien sólo hace 5. Hay juzgados que tramitan un monitorio en un mes y otros que tardan cuatro meses, y la diferencia está en esto. Hay quien celebra todos los juicios y quien suspende la mitad. Y es sólo por esto.
    Hay juzgados que van como la seda y que los profesionales están encantados, y otros en los que hay que ir a hablar con el juez o el secretario cada dos por tres porque algo está mal tramitado u olvidado, o unido donde no es...
    El ritmo de la justicia, en España, como ve, depende de factores diversos.
    Por mi experiencia personal (ya digo que cada uno tendrá la suya) uno de los factores esenciales es, y sigue siendo, el insuficiente número de jueces en relación con los habitantes y los pleitos que hay.
    No puedo dejar de pensar que si el autor de este post estuviera 24/7 viendo lo que ve un abogado, el tono habría sido otro.

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  3. Evidentemente, cada uno cuenta con su perspectiva vital. Cuando estuve haciendo las prácticas en Madrid estaba en un juzgado de los de Plaza de Castilla que tenía todos los lunes, salvo guardia, 30 faltas y pasaba lo mismo que en cualquier otro lado: al final no se celebraban muchos por incomparecencia del denunciante (lo cual no deja de ser un abuso de derecho tolerado para no meterse en más jardines). Por otro lado, coincido en que hay muchísimos factores y no es fácil sintetizar, pero creo que no toda la culpa de todo lo que pasa es simplemente por una ratio baja de jueces, que es por lo que se inició este post.

    En cualquier caso, muchas gracias por una contestación tan elaborada y motivada. Saludos.

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  4. Estimados, sin conocer a detalle la realidad judicial española, pues soy argentino, creo que parte central del problema es la falta de metas de desempeño y un posterior control de gestión.
    Todo juez o cada tribunal debería tener metas cuantificadas. El modo de determinarlas, por supuesto, debe ser relativamente sofisticado, ya que depende del tipo de proceso, complejidad de casos que le llegan, infraestructura con la que cuente, etc... Se que en los 90 habían hecho un esfuerzo de este tipo en España, que tuvo muchas críticas. Y por lo que cuentan, parece que se ha abandonado.
    El control de gestión cierra el círculo, ya que permite la evaluación de desempeño del organismo, de sus integrantes, la rendición de cuentas a la sociedad y la toma de decisiones de "gobierno judicial" a futuro (nombramiento de jueces y personal, asignaciones y reasignaciones presupuestarias, ajuste del mapa judicial, etc...).
    Es un tema complejo y novedoso, para el que le interese le dejo un link a una conferencia sobre Medición y Evaluación de Desempeño en la Justicia que tuve ocasión de brindar en Lima hace un par de años: https://www.youtube.com/watch?v=v4EbrToIegQ
    Saludos cordiales, Hector Mario Chayer

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  5. Estimados, sin conocer a detalle la realidad judicial española, pues soy argentino, creo que parte central del problema es la falta de metas de desempeño y un posterior control de gestión.
    Todo juez o cada tribunal debería tener metas cuantificadas. El modo de determinarlas, por supuesto, debe ser relativamente sofisticado, ya que depende del tipo de proceso, complejidad de casos que le llegan, infraestructura con la que cuente, etc... Se que en los 90 habían hecho un esfuerzo de este tipo en España, que tuvo muchas críticas. Y por lo que cuentan, parece que se ha abandonado.
    El control de gestión cierra el círculo, ya que permite la evaluación de desempeño del organismo, de sus integrantes, la rendición de cuentas a la sociedad y la toma de decisiones de "gobierno judicial" a futuro (nombramiento de jueces y personal, asignaciones y reasignaciones presupuestarias, ajuste del mapa judicial, etc...).
    Es un tema complejo y novedoso, para el que le interese le dejo un link a una conferencia sobre Medición y Evaluación de Desempeño en la Justicia que tuve ocasión de brindar en Lima hace un par de años: https://www.youtube.com/watch?v=v4EbrToIegQ

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