tag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post3584980136617438116..comments2024-03-11T12:46:26.522+01:00Comments on En ocasiones veo reos (Blog de Derecho penal y procesal penal de Juan Antonio Frago Amada): Sobre cómo un abogado penalista puede jugarse su carrera gracias al procuradorJuan Antonio Frago Amadahttp://www.blogger.com/profile/04418656970469580573noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-76314983914137302252015-02-14T16:57:50.886+01:002015-02-14T16:57:50.886+01:00Antaño, en Barcelona, independientemente de que se...Antaño, en Barcelona, independientemente de que se notificara al Procurador, se enviaba, por los Tribunales, un telegrama, al Abogado, comunicándole las circunstancias y fecha del Juicio Oral. Supongo que, ahora, debe considerarse demasiado caro (aunque más caro podría costarle al Abogado).Leónhttps://www.blogger.com/profile/10968055152109928069noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-43866730448707943022015-02-08T08:23:00.621+01:002015-02-08T08:23:00.621+01:00Me ha pasado en tres ocasiones, que por un error e...Me ha pasado en tres ocasiones, que por un error en la anotación del señalamiento, dado que son innumerables los que tenemos, no vayáis a pensar que pasa a menudo. Resulta excepcional, pero puede pasar. En mi caso no se dio la concurrencia de la circunstancia, necesaria, de que el acusado viniera conducido desde un centro penitenciario, y en situación personal de prisión provisional, él u otro de la misma causa. Evidentemente el tipo penal sanciona sólo el caso en el que se materializa un disvalor de resultado, dejando los demás casos atípicos penalmente, y sancionables por la regulación procesal del LECr con la correspondiente multa.<br /><br />Señalar que el PÁRRAFO TERCERO (463.3 CP) recoge el caso en el que el causante del perjuicio se cause por Juez, miembro de un Tribunal, o Secretario.<br /><br />Puedo aseverar que SI NO TE LOCALIZAN, ES PORQUE ESTÁS TOTALMENTE INCOMUNICADO. Si veo en el móvil 11 llamadas perdidas en 2 minutos y suena a la vez los SMS y el teléfono fijo del despacho: no hay duda, ¡me esperan en Sala! Puede coincidir también que te encuentres de viaje y por tanto no puedas acudir corriendo.<br /><br />En 2 de las ocasiones sucedió lo siguiente: en una ocasión solicité la suspensión por ausencia del acusado sin citación formal que se me denegó, luego, ganas de perder el tiempo ya tenía SSª, porque lógicamente se declaró nula la vista celebrada en ausencia en Apelación; y la segunda resultó igualmente sorprendente: me llamaron indicándome que estaba citado, si bien insistí en el hecho de que eso o no era así, o no me constaba a mi. En cualquier caso, y dado que la vista contenía 2 videoconferencias y 2 acusados conducidos de Centros penitenciarios de fuera de la provincia (por agresión de 2 internos que dispersaron a 2 nuevos centros), aún dudando claramente el hecho de que estuviera citado, consideré adecuado acudir corriendo, dado que la defensa a estas alturas ya estaba estudiada, y no representaba para mi ningún perjuicio, ni para la defensa de mi cliente, luego, no veo motivo que me impulse a no prestar la ayuda y colaboración generosa con el Juzgado. Llego en 15 minutos + los 10 minutos que tardaron en localizarme; pregunto: ¿habéis comprobado si estoy citado o no, porque no me consta? ¡SÍ, SÍ, ESTABAS PERFECTAMENTE CITADO! Me extrañó, pero bueno, terminé solicitando disculpan y entonando el "mea culpa"... Se me aceptaron las disculpas. Después de consultar con la procuradora, que lógicamente le preocupó el asunto, dado que algo había fallado en la comunicación... Termina yendo al Juzgado a comprobar qué ha podido ser, dado que NO LE CONSTA notificación de señalamiento alguno; por fin, tenemos CAUSA lógica del error: ¡NO SE HABÍA NOTIFICADO A MI PARTE! Sorprende, dado que al llegar a la Sala me CONFIRMARON QUE SÍ. Parecía más unos autos de Iker Jimenez que de un Tribunal de Justicia. ¿Qué, y qué COÑO hicisteis mientras yo llegaba, cuando os explicité que comprobarais si estaba citado o no? ¿Y LA CONFIRMACIÓN DE QUE SÍ? Esta sí que es buena... Me da una gran seguridad saber que ahí se imparte Justicia y condenan a la gente a Penas de prisión.<br /><br />Lógicamente no me quedé ahí, en su momento tras otra vista, INTERESÉ QUE ME FUERAN DEVUELTAS MIS DISCULPAS, QUE HABÍAN SIDO INDEBIDAMENTE COBRADAS. Así se hizo. Pasa, cuando los letrados somos sólo quienes tenemos turno de contradicción "por imperativo legal", no para escuchar qué dice, con la curiosidad que debe impulsar la atención del Juez. Un Magistrado sin curiosidad, es sólo medio Magistrado, está claro.<br /><br />Un saludo.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-76151760171045182342015-01-15T12:35:31.743+01:002015-01-15T12:35:31.743+01:00Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.Anonymousnoreply@blogger.com