tag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post2919234371220138498..comments2024-03-11T12:46:26.522+01:00Comments on En ocasiones veo reos (Blog de Derecho penal y procesal penal de Juan Antonio Frago Amada): La Circular 3/2017 de la Fiscalía General del Estado sobre daños informáticos y el delito del art. 197 CpJuan Antonio Frago Amadahttp://www.blogger.com/profile/04418656970469580573noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-42965486013726826012017-09-22T10:46:06.407+02:002017-09-22T10:46:06.407+02:00Respecto del art. 197.7 CP, me ha faltado que la C...Respecto del art. 197.7 CP, me ha faltado que la Circular se posicione claramente respecto del ámbito de incriminación del tipo. Concretamente si este queda restringido o no a los casos en que el sujeto pasivo consiente la captación de la imagen por el sujeto activo. Es decir, que es el sujeto activo quien capta la imagen, de manera que sería atípica la divulgación cuando la imagen es captada por la propia víctima (por ejemplo, un selfie). Más que nada lo digo porque aun siendo muy pocas las sentencias de AP que hay sobre este delito; hay en los dos sentidos. Y no es una cuestión baladí porque de asumirse la postura restrictiva, un supuesto como el de la famosa concejala seguiría siendo atípico.Luis de las Heras Viveshttps://www.blogger.com/profile/06374285173992199761noreply@blogger.com