tag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post3221482329146767411..comments2024-03-11T12:46:26.522+01:00Comments on En ocasiones veo reos (Blog de Derecho penal y procesal penal de Juan Antonio Frago Amada): A prisión dos compliance officers del sector alimenticioJuan Antonio Frago Amadahttp://www.blogger.com/profile/04418656970469580573noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-33547345536023093962016-09-20T08:34:39.004+02:002016-09-20T08:34:39.004+02:00Las competencias autónomas de iniciativa y control...Las competencias autónomas de iniciativa y control también sobre el órgano de administración le dan al compliance officer una posición jurídica determinada en cada supuesto<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/04550948577233646890noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-56545458181894195302016-09-15T17:20:49.985+02:002016-09-15T17:20:49.985+02:00Juan Antonio,
A la vista de la sentencia, y salvo ...Juan Antonio,<br />A la vista de la sentencia, y salvo confusión mía, no veo que tengan que ver los condenados con la profesión de compliance en sentido estricto. Tal parece que se trata de los propietarios de la empresa, uno de ellos ocupando el cargo de Director de Operaciones de la misma que era quien "coordinaba" tareas de prevención.<br />En definitiva o bien administradores o directivos con capacidad de decidir.<br />Luis AvilaLuis Avilahttp://www.legalcompliancespain.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1976376108556222824.post-132665353212702522016-09-15T11:17:46.794+02:002016-09-15T11:17:46.794+02:00Si la posición del Compliance Officer es la que in...Si la posición del Compliance Officer es la que indica la Fiscalía General del Estado, entonces su responsabilidad debe terminar en el instante en que el Consejo de Administración de la empresa toma una decisión sobre una cuestión de Compliance, sea cual fuere la decisión que tome. Eso es lo lógico, puesto que el Compliance Officer es sólo un empleado y un empleado que asesora; no es el dueño de la empresa, ni tiene facultades directamente ejecutivas (salvo, en su caso, sobre los Compliance Officers que pueda tener por debajo de sí y sólo en relación al ejercicio de la función de Compliance). Además, la función de Compliance requiere que la empresa, a todos los niveles, vea al Compliance Officer como una ayuda, como alguien en quien puede confiar plenamente. Eso es lo que permite que el Compliance Officer reciba del personal de la empresa toda la información necesaria para poder hacer su trabajo. Es por ello que yo apoyo la tesis de quienes afirman que el Compliance Officer debe estar sujeto a secreto profesional. Dicho de otro modo: No se puede soplar y sorber al mismo tiempo. Al menos, si se quiere que el Compliance en España tenga futuro y sea eficaz. Mariana F. P.Anonymousnoreply@blogger.com