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miércoles, 12 de septiembre de 2012

Delitos sexuales (II): Me echaron la “droja” al Colacao ¡y me violaron! (Sobre los delitos, en especial sexuales, cometidos por sumisión química)


Me echaron la “droja” al Colacao ¡y me violaron!
(Sobre los delitos, en especial sexuales, cometidos por sumisión química)




El vídeo que antecede estas breves líneas viene a demostrar lo realmente cruel que puede ser la especie humana. Un hombre, José, de una población del norte de La Coruña, sólo quería disfrutar de la compañía de algunas señoritas que ejercían la profesión más antigua del mundo. Al despertar no recordó haber disfrutado y ¡es más! ¡Le habían robado!.

Tradicionalmente nuestros padres nos advertían acerca de no aceptar nada de desconocidos, especialmente comestibles y es que desgraciadamente la sociedad evoluciona y en algunos casos para peor. Niños drogados para ser llevados a descampados y sacarles los órganos para su tráfico (en Brasil ya hay documentados casos), mujeres que aseguran que sólo habían tomado una copa con ese desconocido y que, de repente, se empezaron a encontrar muy mal…

No hace mucho se dictó en una de las Secciones de la Audiencia de Barcelona una sentencia absolutoria en un asunto como este: Una noche una chica profesora de idiomas sale con una amiga de copas por Barcelona. Conocen por la calle a unos chicos africanos que los invitan a entrar a un local. En vez de haber sospechado nada, como Clint Eastwood en el Gran Torino y haberles preguntado ¿Qué tramáis morenos?, la citada profesora aceptó una consumición. Se empezó a sentir mal y recordó haber dicho que se quería ir a casa. Al día siguiente, además del dolor de cabeza se dio evidente cuenta de que había mantenido relaciones sexuales con alguien. Denunció, fue identificado el varón y este dijo que sí, que había mantenido relaciones sexuales con ella pero plenamente consentidas.

Ante un panorama como este y sin pruebas médicas ya podemos advertir que ningún tribunal va a condenar por violación (179 Cp: 6-12 años de prisión siempre que drogar a una persona se meta con calzador dentro del término “violencia”) o abuso sexual de persona privada de sentido (181 Cp: prisión de 4 a 10 años, como aquel enfermero inglés que dejó embarazada a una chica en coma en un hospital de Londres). Desgraciadamente dada la posibilidad, razonable desde la perspectiva de quien nada ha visto, de alegar que las relaciones han sido consentidas y señalar que la víctima en realidad estaba borracha/drogada, pero que consentir consintió y existiendo la posibilidad de que el rechazo a tal relación como consentida pueda venir por otros factores (familiares, religiosos, raciales, etc.) es por lo que es casi imposible tal condena de ese hecho.

Por ello, debemos saber que se han dictado dentro del Cuerpo de Médicos Forenses las Instrucciones de actuación en casos de agresión sexual con sospecha de intoxicación.

Este es su enlace:


Debemos destacar lo más importante: Además de las pruebas médicas y sus análisis pertinentes, válidas para cualquier infracción cometida por el uso de estos deshinibidores o hipnóticos lo trascendental es que hay que saber que a día de hoy sólo son fiables si la extracción de sangre se ha hecho en las 8 horas siguientes a la ingesta, por lo que la víctima o los amigos/padres de la misma tienen que ponerse en contacto con la fuerza policial más próxima inmediatamente y practicarla sin dilación. Para el caso de que sea previsible retraso del Forense en su defecto es mejor acudir al centro médico más cercano y realizar la extracción de sangre para análisis pero, recordemos, si pasan 8 horas desde la ingesta muy probablemente será imposible descubrir trazas en la sangre.



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