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viernes, 4 de abril de 2014

Contrabando (I): Introducción ilegal de tabaco y el funcionario leal



No es habitual encontrar sentencias de contrabando y menos entre la jurisprudencia del TS, principalmente porque la primera instancia se da ante los Juzgados de lo Penal y la segunda ante las Audiencias Provinciales. Sin embargo, en la que se va a presentar, como quiera que hay funcionarios implicados, Guardias Civiles, están aforados en la primera instancia ante la Audiencia y, consecuentemente, la segunda instancia es ante el Tribunal Supremo.

La STS 6560/2013, de 19-XII, ponente Excmo. Luciano Varela Castro, ratifica la condena impuesta por la Audiencia de Sevilla contra siete miembros de la Guardia Civil de la capital hispalense que, en síntesis y repartiéndose las tareas entre ellos, iban a recibir un contenedor marcado en el puerto de Sevilla en el que dentro iba a venir un número enorme de cajetillas (al final 375.000, valorada la defraudación aduanera en 1.903.296 €). Para que el plan saliese perfecto tenían que conseguir pasar el filtro de la propia institución, con lo que uno de ellos le ofreció 6.000 € a un subordinado para que dejase pasar el referido contenedor. Sin embargo, el agente dio parte a sus superiores, que iniciaron las diligencias y consiguieron las interceptaciones telefónicas oportunas. El contenedor pasó el filtro, a través del llamado “circuito verde”, recogió el mismo un camionero que, llegado a una gasolinera, contactó con otro de los condenados y desde allí se llevó a un almacén, donde se “reventó” la operación seguida a través de dispositivo camuflado. Es de reseñar que el contenedor fue enviado desde Las Palmas de Gran Canaria bajo el paraguas de una empresa que, en principio, nada sabía de todo esto, y el camionero de Sevilla tampoco.

El TS señala que es lógica la interceptación telefónica, pues, ex ante que un funcionario señale que un superior le ha sobornado con la finalidad de dejar pasar un contenedor sin investigar, tiene toda la apariencia de delito (se trajo tabaco pero podían ser inmigrantes ilegales, droga, explosivos, etc.).

La única pena es que no se haya recurrido por los condenados nada respecto a la valoración de la deuda aduanera, para comprender mejor su mecanismo. En todo caso, el contenedor, al ser abierto descubrió las 375.000 cajetillas de marcas distintas y sin sellos de los impuestos.



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