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lunes, 7 de abril de 2014

Delitos sexuales (XVI): Absolución in extremis en agresión a amiga dormida


La STS 5378/2013, de 30-X, ponente Excmo. Francisco Monterde Ferrer, absuelve a un sujeto al que la Audiencia de Valencia le consideró responsable de que, aprovechando que la amiga que le había invitado a subir a casa se había quedado dormida, se bajó los pantalones y cuando la iba a penetrar, ella se despierta y lo empuja y se lo quita de encima. La Audiencia le impuso 4 años de prisión, y 5.000 € de indemnización por un delito de abusos sexuales.

En el Fundamento Jurídico quinto se dan las razones por las que el TS entiende vulnerada la presunción de inocencia:
En nuestro caso, debe destacarse que los elementos probatorios que relaciona la sentencia -y otros como la documental sobre el "historial" de la denunciante [NOTA: no sé si insinúa que era una “fresca”], que ni cita-, son tanto más útiles para apoyar la versión del acusado, que la de aquélla; y consistente en que: "Una vez en la vivienda de Vicenta se acabó la cerveza, se sentó en el sofá, se fumó un cigarrillo, se hizo una raya de cocaína y se quedó dormido sentado en el citado sofá; y que de repente se despertó porque ya estaba golpeándole sin razón aparente, entendiendo que se produjo la agresión porque ella es una persona que tiene problemas de violencia. Se marchó de la vivienda asustado por la agresión de la mujer...". Así, el informe médico forense, obrante al fº 42, sobre reconocimiento del denunciado, reflejando en la anamnesis su versión, y que presentaba "dolor a nivel de la región fronto-temporal derecha de la cabeza, apreciándose ligera tumefacción; excoriación de aproximadamente 1 cm de longitud en la región nasal y cuatro erosiones longitudinales, de entre 1’5 cms y 0’5 cms en la región cervical posterior"; las declaraciones de los funcionarios de Policía NUM005 y NUM006, sobre que realizaron la inspección ocular en casa de Vicenta , no encontrando ninguna mancha de fluido, ni vestigio de desorden; la pericial de la Policía Científica que sólo constata la presencia en colillas, cabellos y restos de un perfil genético de varón y otro de mujer; y la pericial de los médicos forenses, que sólo refleja lo que refiere la reconocida cuando se la reconoce en el Hospital, y la ausencia de vestigios de violencia sobre ella, así como que no portaba ropa interior”.

Ahora puede que el lector entienda por qué no me gustan nada los delitos sexuales. Es muy fácil que a uno le den gato por liebre y que se acabe condenando a un inocente o, por el contrario, que el culpable salga absuelto. Lo más fácil para empañar la reputación de una persona es montar un escándalo sexual del que, casi con toda probabilidad, nunca podrá demostrar su inocencia (véase caso de Julian Assange, padre de Wikileaks, o Strauss-Kahn en Nueva York). De hecho, incluso encontrar semen dentro de la presunta víctima puede no ser nada o serlo todo. No hace demasiado tratábamos el caso de un africano al que le condenaron en España a 12 años de prisión y con más de 9 ya cumplidos la víctima dijo que se lo había inventado todo, con la pérdida irreparable que supone para una persona casada y con dos hijos un lapso de tiempo tan grande en prisión. Por el contrario, evidentemente, también habrá casos en los que la justicia absuelve por no convencer el relato de la víctima, cuando es cierto. En el caso que nos ha ocupado, véase lo fácil que es que un tribunal te absuelva y otro te condene a 4 años a la sombra.

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1 comentario:

  1. Los hombres deberíamos luchar contra este y otros tipos de denuncias falsas que se promueven desde el poder y solo nos afectan a nosotros
    Un saludo
    Julio

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