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jueves, 5 de septiembre de 2013

Corporate Defense (I): La defensa de la empresa; cuestión de conceptos




Nota: El cuadro fue elaborado por el irlandés Sean Lyons de http://www.riscinternational.ie/ 
Sirva la ilustración arriba recogida para empezar a deslindar e incorporar los distintos conceptos, que en el derecho anglosajón vertebran el concepto “defensa empresarial” que en modo alguno son una lista cerrada.

Corporate defense: La defensa empresarial o de la persona jurídica afectada. Se caracteriza por ser el resultado de todas las demás disciplinas que a continuación se detallan.

Corporate governance: Gobierno empresarial. Conjunto de técnicas que tiene la empresa, en parte o casi todas impuestas por el Derecho Mercantil, que rige la toma de decisiones de órganos unipersonales o colegiados o bien las de detalle. La correcta delimitación de funciones dentro de la empresa ayuda, por ejemplo, a que la decisión se tome por la persona capacitada y nombrada al efecto y no que por falta de una cabeza visible se deje de adoptar una decisión en un momento crítico.

Corporate investigations: Investigaciones empresariales. Cuando se ha producido un evento dañoso dentro de la empresa, por ejemplo haber sacado a la venta un producto defectuoso, es importante tener un grupo formado, que, desde la lealtad interna, pueda informar a la cúpula empresarial de la realidad que ha causado el fallo, para adoptar medidas que eliminen el daño o lo disminuyan.

Risk management: Gestión del riesgo. Es el proceso de identificación, análisis y aceptación o mitigación ante una inversión incierta. Ejemplo: Si se van a fusionar varias cajas de ahorros en una y transformarlas en un banco, el risk management ayuda a valorar, a través de profesionales cualificados, la viabilidad de la operación. Reiteramos: a través de profesionales cualificados.

Corporate compliance: Cumplimiento normativo empresarial. Hay empresas que van más allá y le añaden el término “ético”. Es el grupo de trabajo dedicado a determinar si las medidas que se pretenden adoptar, o en su momento fueron adoptadas, se incardinan dentro de la legalidad vigente. Ejemplo: no sobornar a autoridades tercermundistas para obtener beneficios en sus países (materia en la que, al menos formalmente, los EEUU hacen mucho hincapié).

Corporate assurance: Garantías sobre calidad institucional. Podría entenderse también como otra de las partes “éticas” y de control del funcionamiento de la empresa, si bien, a diferencia del anterior, de cara a la responsabilidad hacia el interior de la empresa. En definitiva, una suerte de auditoría interna constante de la empresa.

Corporate intelligence: Análisis, rastreo de datos y definición de “hacia dónde va” la empresa. Se pueden estudiar cuestiones como futuro de ciertos productos, proveedores, competidores en la zona, requisitos legislativos para operar en ese sector, etc., con los que se ayuda a tomar la decisión final al órgano procedente de la empresa.

Corporate controls: Control de la infracción interna (muy habitualmente el fraude a la propia empresa, aunque no exclusivamente). Como ya comentábamos en el primer post, no toda infracción se ha de cometer, necesariamente, por la cúpula empresarial.


Corporate protection: Protección empresarial. Puede ir desde protección de refinerías petrolíferas a cualquier instalación, pasando por los ataques informáticos.

Resilence management: Sin traducción directa al español. Vendría a ser la gestión o dirección elástica o adaptativa a nuevos entornos competitivos. Esto pasa, entre otras cosas, por la contratación de gente del nuevo lugar que beneficie una rápida inserción en la idiosincrasia particular de la zona.

Physical security: Seguridad física de instalaciones, personal y dirigentes de la empresa.

IT security: Seguridad informática y de nuevas tecnologías. Puede afectar también a la protección de datos.


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