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lunes, 16 de diciembre de 2013

¿Ha habido condenas a aforados en… Comunidad de Madrid?






Siguiendo a Galicia, Asturias, Cantabria, Navarra, País Vasco, La Rioja, Castilla y León, Aragón, Castilla La Mancha, Canarias, Extremadura, Islas Baleares, Andalucía, Región de Murcia, Cataluña y Comunidad Valenciana hoy es el turno de la comunidad autónoma de Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid, según el Instituto Nacional de Estadística (2011), tiene algo más de 6’4 millones de habitantes, siendo la tercera comunidad autónoma más poblada del país.

Como en todas las CCAA, es el Tribunal Superior de Justicia, con sede en Madrid, el que enjuicia los delitos cometidos por aforados.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, Ley Orgánica 3/1983, carece de disposiciones en previsión de qué personas han de considerarse aforadas ante el TSJ (arts. 45-50), en el título dedicado a “De la Organización Judicial”. Sin embargo, el art. 11. 6 del Estatuto afora a los Parlamentarios y el art. 25. 1 al poder Ejecutivo, sin perjuicio de que la responsabilidad del Presidente en todo caso es del Tribunal Supremo (una novedad que no hemos visto, salvo otra peculiaridad de Navarra, en el resto de las comunidades autónomas)..

Acudiendo a la Ley Orgánica del Poder Judicial, art. 73. 3 b), quedan también aforados los Jueces, Magistrados y Fiscales por delitos o faltas. Recordamos que para el Tribunal Supremo, véase este post, las faltas de sus aforados las conoce el Juzgado de Instrucción correspondiente.

La Memoria de la Fiscalía Superior de Comunidad de Madrid aporta datos que se pueden consultar aquí (hay dos enlaces, siendo más interesante el de arriba). Según esa estadística los 7 fiscales, se enfrentaron a lo largo de todo 2012 a 86 causas contra aforados, 22 apelaciones de jurados, 1 cuestión de competencia penal (dos tribunales dentro de la misma C.A. que pelean por no ser los competentes por un asunto concreto) y 0 juicio celebrado en primera instancia. Total: 80 procedimientos/7 fiscales: 15’57 procedimientos penales por fiscal en todo un año. 

Hay que significar, como hace la Memoria, que dadas las disposiciones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, hay fiscales que al cesar en ciertos cargos y hasta ocupar en propiedad otra plaza, quedan adscritos a esta concreta Fiscalía Superior Autonómica (véase pág. 6 de la Memoria en dicho sentido), con lo que la plantilla en realidad es superior.

En la pág. 28 de la Memoria se desglosa el destinatario de las causas contra aforados: 10 contra jueces, 80 contra magistrados, 4 contra fiscales, 6 contra “otros aforados” (parlamentarios y miembros del ejecutivo autonómico debemos suponer) y 11 no aforados (es decir, por ir en la misma querella que personas sí aforadas). Por otro lado, si acudimos al enlace, no cuadran algunos datos, pues en la Memoria (f. 26), se dice que ha habido 20 apelaciones de jurados, mientras en la tabla Excel se dice que fueron 22. Tampoco cuadran las cifras de la tabla Excel en cuanto a los aforados con las de la Memoria (f. 28). 

De esto, siguiendo la citada Memoria, se pueden colegir las siguientes matemáticas conclusiones:
1) La Fiscalía no promovió de oficio ninguna actuación.
2) Se ha denunciado por particulares 12 veces a algún miembro del Parlamento o Ejecutivo autonómico, mientras que las otras 44 causas son contra jueces o fiscales.
3) Según la misma estadística oficial se ha presentado 1 escrito de acusación contra aforados en todo 2012 (recordamos que la media de escritos de acusación nacional por Fiscal de Audiencias Provinciales, de Área, etc., alcanza los 147 anuales por persona).

Estos son los datos. Veamos ahora si 2012 ha sido un año especialmente bueno o es la tónica general.

Acudimos al CENDOJ, base de datos oficial del CGPJ. 1) Pinchamos en “Jurisdicción” -> Penal, 2) En “Tipo de Órgano” -> Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal, 3) Ya, por abajo, en “Texto a buscar” -> Madrid. Le damos a enter. De las 10 páginas (100 resoluciones de hoy hasta el 23-V-2012), no aparece nada

Refinando la búsqueda y poniendo en “Texto a buscar” las palabras Madrid, aforado (he probado con las variantes aforamiento y aforada), nos sale idéntico resultado. Tenemos conocimiento de que este año 2013 se ha condenado a una Magistrada por prevaricación judicial, por diligencias incoadas de oficio por la Fiscalía en 2011 (ignoramos por qué no aparece en el CENDOJ, ya que tengo la sentencia en pdf y es de 10-X-2013). Me parece simple y llanamente imposible esta estadística, pero lo cierto es que el CENDOJ no arroja ni una sentencia, ni siquiera absolutoria.

Salvo que al CENDOJ no se suban todas las sentencias, repetimos que es la base de datos oficial del CGPJ, tenemos que desde 1998, inclusive, sólo se ha dictado una sentencia con aforados como implicados.

Las conclusiones sobre la necesidad de destinar varios magistrados y 7 fiscales casi en exclusiva a esta materia (recordamos que los magistrados no tienen competencias en materia civil, pues Comunidad de Madrid carece de derecho foral propio), sobre si la ciudadanía se implica poco en la persecución de conductas delictivas o si, por el contrario, si la sensación de corrupción es mayor a la realidad, se las dejo a cada uno, pues esto es un simple análisis estadístico.

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