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viernes, 9 de enero de 2015

Vecinos ruidosos (V): Otra sentencia condenatoria confirmada por el TS


Es recomendable recordar el contenido de ESTE POST.

Se ha dictado la STS 5230/2014, de 16-XII, ponente Excmo. Perfecto Andrés Ibáñez. Confirma casi íntegramente una sentencia condenatoria de cuatro años de prisión, apreciando la atenuante de dilaciones indebidas, que no afecta a la pena puesto que la AP de Barcelona ya impuso la condena en su extensión mínima.

La sentencia, salvo por el municipio donde suceden los hechos, poca diferencia tiene con la del primer enlace. En todo caso: 1) No se acusó a persona jurídica como penalmente responsable, sólo civilmente, si bien en este caso es completamente lógico, al ser los hechos enjuiciados de 2009 y anteriores, siendo que la reforma que a día de hoy lo permite (por poco entusiasmo que se está viendo en aplicarla), es la LO 5/2010, 2) Hay condena autónoma de las lesiones como faltas; me refiero a que además del delito medioambiental (325 Cp), se castiga también por 4 faltas de lesiones (a día de hoy también se podría acusar por delito y no por falta al ser las lesiones somáticas, si requieren tratamiento médico o quirúrgico, constitutivas de delito). En este blog ya se vio una condena por delito de lesiones confirmada por el Tribunal Supremo. Véase ESTE POST.

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