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lunes, 3 de julio de 2017

Blanqueo de capitales (XIV): dos interesantes enlaces



Gracias a Ana Gallur, letrada murciana, he tenido conocimiento del resultado de la reunión del GAFI (FATF en inglés), que concluía la presidencia de España que ahora pasa a Argentina. Se puede ver el enlace AQUÍ.

Las conclusiones pasan porque Bosnia y Herzegovina, Etiopía, Irak, Siria, Uganda, Vanatú y Yemen siguen con deficiencias acusadas en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (a las que se debe unir Corea del Norte, Irán, Papúa Nueva Guinea, Guyana y Myanmar.

Por su parte, Afganistán y Laos son reconocidas como naciones que han hecho progresos muy significativos.

Debe tenerse esto en cuenta tanto desde la perspectiva administrativa como desde la de compliance, dado que se puede acabar condenando a las personas jurídicas, incluyendo por imprudencia grave, a las que cometan delitos relacionados con la ya referida prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Por otro lado, gracias a Iván Ventura Díaz, abogado en Las Palmas de Gran Canaria, he llegado al siguiente magnífico metaenlace: pinchar AQUÍ.

Como habrá podido observar el lector, estamos hablando de multitud de reglas específicas y recomendaciones del Gobierno inglés respecto a la prevención del blanqueo de capitales.

Inglaterra, no nos engañemos, ha sido mucho más leal con sus operadores jurídicos que nosotros mismos. Mientras el SEPBLAC, edita guías sectoriales ciertamente muy interesantes, Inglaterra, se obliga como Estado en otras muchas materias, por ejemplo en su ley antisoborno de 2010 (UK Bribery act, artículo 9), a editar guías de prevención de delitos, no obligando a que cada jurista o empresa se las componga como pueda para prevenir dichos ilícitos.


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