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jueves, 29 de junio de 2017

¿Hacia dónde va el derecho penal del siglo XXI? (perspectiva práctica)



Las reformas del Código penal y legislación procesal de los últimos años están adelantando profundos cambios que están al llegar. So pena de que el post de hoy pueda ser un poco smokeseller o vende humos, y que mis predicciones pueden ser tan exactas como las resultantes de examinar las vísceras de un vencejo, ahí van:

1) El derecho penal tradicional, por supuesto, se va a mantener: los delitos de toda la vida no van a desaparecer. Seguridad vial, tráfico de drogas, lesiones, violencia de género y doméstica, delitos sexuales, etc. Lisa y llanamente, es una utopía pensar que se van a esfumar.

2) El auge del derecho penal económico y sofisticado: Los poderes públicos cada vez están más concienciados, aunque solo sea por la insistencia de las organizaciones internacionales, de que hay que luchar contra esa lacra, donde nos jugamos una parte muy importante del PIB que podría ser destinado a otras finalidades sociales (delitos económicos de todo orden), o por afectar de una manera más o menos irreversible a nuestro hábitat (urbanismo y medioambiente). Sin embargo, estos delitos es más difícil que le entren a despachos menos especializados en Derecho penal, sobre todo si el cliente se los toma en serio, porque exigen una profundización real en materias de hecho y de derecho no pedidas en el punto 1).

3) El compliance: En unión al punto anterior, desde que los estados de nuestro entorno han adoptado la técnica del palo (penas para las personas jurídicas si incumplen, prohibición de contratar con las administraciones públicas) y zanahoria (beneficios que llegan hasta la exención de pena si se cumplen determinados requisitos), se ha abierto un nuevo “nicho de mercado”. Las empresas ven que no sólo empiezan a ingresar en prisión de una manera cada vez más habitual empresarios, un colectivo hasta hace nada casi intocable, sino que se puede llegar a afectar a la entidad propiamente dicha. Por tanto, se empieza a demandar profesionales de todo tipo (abogados, auditores, economistas, ingenieros, etc.), para cubrir las nuevas necesidades. Además, es un sector en el que, ahora mismo, todo está por hacer.
En este punto, hay que añadir que estamos en el momento en el que las grandes auditoras y grandes despachos están intentando mantener al margen a los nuevos en el mercado, esencialmente tirando por los suelos los precios (aunque las calidades de sus trabajos también dejan bastante que desear…).

4) Investigaciones internas: De esto prácticamente nadie ha escrito en nuestro país. En el ámbito anglo es muy frecuente que determinados organismos reguladores (como el SEC o el DOJ norteamericanos), exijan a determinadas empresas y por los motivos más variados (haber sido sorprendidas antes con alguna actuación ilícita, etc.), exámenes externos que suponen, en esencia, que esa entidad tendrá que pagar al despacho/auditora, etc., elegida por el órgano gubernamental, por una suerte de auditoría de tercera parte independiente. Asimismo, puede darse la situación de que alguna norma ya lo exija, como es la de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, o que la entidad, para aportar pruebas a un órgano penal, por ejemplo para obtener la eximente o la atenuante, se las encargue.
Todo ello, al igual que en el punto 3), va a exigir profesionales de alta cualificación.

5) La necesidad de la Criminalística: El penalista de raza tiene que esforzarse por aprender, y de verdad, de la Criminalística. Delitos sofisticados exigen aprender a dominar los nuevos medios de prueba también sofisticados (evidencias digitales, reconocimiento facial, pasaporte vocal, prueba electrónica, etc.), y estar al tanto de las novedades de las pruebas ya asentadas (ADN, lofoscopia, dactiloscopia, pruebas fonométricas, etc.).

6) Las acciones colectivas penales: Nadie habla de ellas, al menos con ese nombre, pero ahí están. Desde el caso de la colza al de Volkswagen, pasando por accidentes como el Prestige, el Alvia, Metro de Valencia o Spanair, el derecho procesal penal debe modificarse para ser más ágil, dado que la responsabilidad civil y el elevado número de víctimas amenaza con colapsar la acción penal. La proliferación de delitos contra el mercado y los consumidores, productos financieros fraudulentos (esquemas Ponzi, estafas piramidales, etc.), y el expansionismo evidente de los delitos contra la salud pública (alimentos, bebidas, productos farmacéuticos y veterinarios, etc.), van a exigir de profesionales atrevidos para afrontar dichos procedimientos y cauces procesales aptos para que lleguen a buen puerto y, a ser posible, que no sea tras diez años de instrucción…


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1 comentario:

  1. Mientras no instruya el Ministerio Fiscal seguirá el colapso judicial y los años y años en instrucción y sigo dudando de que la instruccion por parte del Juez sea constitucional.Por otro lado ¿ no le parece Don Juan Antonio que hay una tendencia criminalizar cualquier conducta que a la multitud le parece que debe ser penada? ¿ No le parece que hay una expansión del derecho penal muy poco acorde con su caracter fragmentario y de ser la última ratio que tanto se pregona teóricamente?

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