Web del despacho de abogados

martes, 23 de abril de 2019

En ocasiones veo reos cumple 7 años



Lejos parece quedar aquel 23 de abril de 2012, fecha en la que este blog empezó su andadura. De tener 192 visitas en todo el primer mes, a los 2’3 millones que ha superado recientemente, han pasado muchas horas de reflexión jurídica, recopilación de sentencias y otros materiales y debate con muchos juristas que he ido conociendo por el camino y que, de no ser por el blog, hubiera sido imposible contactar con los mismos.
 
Como ocurrió con la letra de cambio, y así lo explican los mercantilistas, el blog ha muerto de éxito. Ahora mismo me es literalmente imposible mantener el ritmo de otras épocas, en las que durante meses publiqué a siete post semanales, permitiendo que el blog se situase entre los de referencia del panorama nacional en materia jurídico penal. Sin embargo, ahora mismo eso resulta ser parte de la historia; me es imposible mantener el ritmo, dados los múltiples compromisos que me ha generado (conferencias que me han permitido visitar más o menos todo el territorio nacional e incluso Moscú, libros, etc.), y alguno autoimpuesto (como la tesis doctoral).
 
Por otro lado, no voy a negarlo y es que me resulta imposible esconderlo, fuera de la delincuencia económica, la de las nuevas tecnologías y el compliance, no me interesa ya nada. Es cierto que más de 1.200 post han dado para tocar prácticamente todas las materias, pero me encuentro también en un punto como el de los juristas de comienzos del siglo XIX: un blog es algo así como la Nueva o la Novísima Recopilación, una suma sólo ordenada por el mero aspecto cronológico. El problema radica en que un manual, más de Derecho penal, no vale la pena tampoco: a los pocos meses te puede aparecer una reforma del Código penal que te deje buena parte del texto obsoleto. De hecho, me había planteado comprar un manual de algo más de trescientos euros en dos tomos, pero al aparecer las Leyes Orgánicas 1 y 2/2019 se me esfumaron las intenciones.
 
Mientras me sigo replanteando las cosas (y buscando días de 80 horas), quiero agradecer a todos aquellos que siguen el blog desde el anonimato, o mediante las redes sociales (en especial Linkedin, Facebook y Twitter), dejando algún comentario, o contando conmigo para alguna ponencia, el que sigáis considerando merecedor de vuestro tiempo el acceder a esta bitácora, que surgió con otra finalidad, ser una simple base de datos personal, pero abierta al público.
 
Hace pocos días leía un hilo en Twitter de consejos para conferenciantes noveles escrito por David Marugán y señalaba como una cuestión a considerar que se debe ser agradecido con el público; a fin de cuentas, puede estar de cervezas y prefiere dedicar un tiempo a tu trabajo. Pues eso, muchas gracias por todo.
 
Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en

5 comentarios:

  1. Buenos días.

    Soy un estudiante de Derecho que le sigue desde hace mucho tiempo. Enhorabuena por estos siete años!

    En mi opinión, es el mejor blog de derecho penal/procesal penal (en general, mejor blog jurídico, pero a mí me ha ganado con la parte de penal, ya que es lo que más me gusta).

    Es un placer leerle y espero poder seguir haciéndolo, como mínimo, otros siete años más :)

    Un saludo.

    ResponderEliminar
  2. Enhorabuena por este aniversario. No suelo comentar nada, pero te aseguro que leo todas tus entradas con sumo interés (y aprendo mucho con ellas). Que no pare la músicaª!

    ResponderEliminar
  3. Felicidades por estos 7 años. Yo tampoco suelo comentar nunca pero creo que es de obligado cumplimiento agradecerte el trabajo y el esfuerzo que muchos abogados aprovechamos.
    Espero seguir leyéndote, mínimo 7 años más.
    Saludos desde Palma de Mallorca
    CC

    ResponderEliminar
  4. ¡Enhorabuena Juan Antonio! sigue muchos años con el blog a mí me ha sido de gran ayuda en materia de responsabilidad de personas jurídicas, mil gracias por tus sentencias y los análisis que haces.

    ResponderEliminar
  5. Zorionak, Juan Antonio!!! Un blog excelente, ineludible para mi ;-)

    ResponderEliminar