El US Department of Justice, el Ministerio
de Justicia de los EEUU, a través de su Criminal
Division, que engloba entre otros a la Fiscalía y al FBI, ha publicado a
finales de abril de 2019 la Evaluation of
Corporate Compliance Programs, o Guía adaptada para la Evaluación de
programas de cumplimiento normativo.
Se puede
consultar y descargar el enlace, en inglés, AQUÍ.
Por de
pronto, se dobla la extensión del documento, de 8 folios hasta los 18, teniendo
en cuenta que es una guía de obligado cumplimiento para todos los fiscales
norteamericanos a la hora de evaluar si el programa de cumplimiento normativo,
en España arts. 31 bis 2 y 4 Cp, era suficiente o no.
En España a
lo que tendremos que esperar es a que la Fiscalía y la Judicatura abran el Código
penal y lo apliquen, sin más, habiendo encontrado sentencias de Valencia en la
que la Fiscalía no acusó por el 310 bis Cp (delito contra la Seguridad Social,
en asunto cometido en 2013) o en Madrid se ha olvidado de acusar a una empresa
que defraudó 12’8 millones de euros en el IVA de 2015, estando vigente el
precepto del Código penal en 2010. También tengo para comentar una curiosa
sentencia de la Audiencia de Zaragoza, con un “curioso” argumentario respecto
al provecho o beneficio de la empresa y otra de la Audiencia de León, en la que
el auto de procedimiento abreviado no incluía a una empresa, porque no se le
tomó declaración de investigada, pero sí aparecía en el auto de apertura de
juicio oral como acusada. El panorama es desolador y no se le puede seguir
echando la culpa a los elementos.
Es muy
lamentable que la política de cumplimiento normativo que exigen la OCDE y la UE
se esté implementando por la simple voluntad de las empresas, sobre todo por
las más grandes, y no porque se vean atisbos de que se aplique la legalidad tal
cual.
En cualquier
caso, este es un documento para que, quienes de verdad estamos concienciados en
el deber de aprender para estar afilados para cuando llegue el momento, dado
que en esta materia no se puede improvisar, podamos reflexionar al respecto.
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