(Por no mentar el caso bíblico por
antonomasia)
Es un lugar común la queja del paisanaje porque un
tribunal no ha apreciado el ensañamiento “y le ha dado setenta puñaladas”, no discriminando
si se causó un mayor padecimiento o el sujeto ya estaba muerto con la primera.
La STS 566/2017, de 15-II, ponente Excmo. Antonio del Moral, lo explica respecto
de un concreto recurso de casación relativo a un delito de asesinato (FJ 2º). Y
me quedo con esta sentencia porque es muy raro ver este subtipo agravado.
“SEGUNDO.-
En el motivo segundo, formalizado a través del art. 849.1º LECrim, se discute
primeramente la concurrencia de ensañamiento como circunstancia que convierte
el homicidio en asesinato (art. 139 CP) y que, unida a la alevosía apreciada,
determinará una redoblada agravación ( art. 140 CP ).
Aunque
la queja se plantea como error iuris, contiene ingredientes que nos acercan a
un motivo por presunción de inocencia. Y es que si atendemos estrictamente al
hecho probado no hay más salida que acatar sin posible paliativo la subsunción
jurídico penal realizada por el Magistrado Presidente: "Durante la agresión,
además, introdujeron el arma blanca en la cavidad bucal de Justiniano y realizaron múltiples movimientos con ella, seccionando
lengua, labios, mucosa gingival superior e inferior y provocando fractura
lineal de ambos maxilares con fractura conminuta, avulsión de piezas dentales
superiores y movimientos de piezas dentales inferiores, todos ellos actos
innecesarios para darle muerte y dirigidos de forma consciente y deliberada por
parte de los acusados, a producirle un innecesario sufrimiento".
Estamos
ante un paradigmático supuesto de ensañamiento.
El
recurso lucha por entender que primero se produjo la muerte y luego esas
maniobras tan despiadadas y brutales en la cavidad bucal. Pero esa hipótesis
entra en abierta contradicción con una prueba tan objetiva como es el informe
de autopsia ratificado en el plenario por los forenses. El jurado ha dado
prevalencia a ésta frente a las manifestaciones más confusas y ambivalentes del
testigo. La opción del jurado aparece rodeada de toda lógica. Es difícil desde
la posición del testigo precisar la exacta secuencia. La relata como simple intuición
en este punto (momento del fallecimiento) Frente a esa mera impresión se alza
el informe forense concluyente en ese extremo: esas heridas son vitales; se
realizaron cuando la víctima estaba todavía con vida.
La crítica
que se intenta frente al informe forense carece del más mínimo rigor.
A la
vista del tipo de heridas resulta absurdo discutir sobre la presencia de un
cuchillo (ya fuese el aportado por Moises, según apunta la prueba; ya fuese
otro: a estos efectos es indiferente)”.
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