Las reformas del Código penal y legislación
procesal de los últimos años están adelantando profundos cambios que están al
llegar. So pena de que el post de hoy pueda ser un poco smokeseller o vende humos, y que mis predicciones pueden ser tan
exactas como las resultantes de examinar las vísceras de un vencejo, ahí van:
1) El
derecho penal tradicional, por supuesto, se va a mantener: los delitos
de toda la vida no van a desaparecer. Seguridad vial, tráfico de drogas,
lesiones, violencia de género y doméstica, delitos sexuales, etc. Lisa y
llanamente, es una utopía pensar que se van a esfumar.
2) El
auge del derecho penal económico y sofisticado: Los poderes públicos
cada vez están más concienciados, aunque solo sea por la insistencia de las
organizaciones internacionales, de que hay que luchar contra esa lacra, donde
nos jugamos una parte muy importante del PIB que podría ser destinado a otras
finalidades sociales (delitos económicos de todo orden), o por afectar de una
manera más o menos irreversible a nuestro hábitat (urbanismo y medioambiente).
Sin embargo, estos delitos es más difícil que le entren a despachos menos
especializados en Derecho penal, sobre todo si el cliente se los toma en serio,
porque exigen una profundización real en materias de hecho y de derecho no
pedidas en el punto 1).
3) El
compliance: En unión al punto anterior, desde que los estados de
nuestro entorno han adoptado la técnica del palo (penas para las personas
jurídicas si incumplen, prohibición de contratar con las administraciones
públicas) y zanahoria (beneficios que llegan hasta la exención de pena si se
cumplen determinados requisitos), se ha abierto un nuevo “nicho de mercado”.
Las empresas ven que no sólo empiezan a ingresar en prisión de una manera cada
vez más habitual empresarios, un colectivo hasta hace nada casi intocable, sino
que se puede llegar a afectar a la entidad propiamente dicha. Por tanto, se
empieza a demandar profesionales de todo tipo (abogados, auditores,
economistas, ingenieros, etc.), para cubrir las nuevas necesidades. Además, es
un sector en el que, ahora mismo, todo está por hacer.
En este punto, hay que añadir que estamos
en el momento en el que las grandes auditoras y grandes despachos están
intentando mantener al margen a los nuevos en el mercado, esencialmente tirando
por los suelos los precios (aunque las calidades de sus trabajos también dejan
bastante que desear…).
4) Investigaciones
internas: De esto prácticamente nadie ha escrito en nuestro país. En el
ámbito anglo es muy frecuente que determinados organismos reguladores (como el
SEC o el DOJ norteamericanos), exijan a determinadas empresas y por los motivos
más variados (haber sido sorprendidas antes con alguna actuación ilícita,
etc.), exámenes externos que suponen, en esencia, que esa entidad tendrá que
pagar al despacho/auditora, etc., elegida por el órgano gubernamental, por una
suerte de auditoría de tercera parte independiente. Asimismo, puede darse la situación
de que alguna norma ya lo exija, como es la de prevención de blanqueo de
capitales y financiación del terrorismo, o que la entidad, para aportar pruebas
a un órgano penal, por ejemplo para obtener la eximente o la atenuante, se las
encargue.
Todo ello, al igual que en el punto 3), va
a exigir profesionales de alta cualificación.
5) La
necesidad de la Criminalística: El penalista de raza tiene que
esforzarse por aprender, y de verdad, de la Criminalística. Delitos
sofisticados exigen aprender a dominar los nuevos medios de prueba también
sofisticados (evidencias digitales, reconocimiento facial, pasaporte vocal, prueba
electrónica, etc.), y estar al tanto de las novedades de las pruebas ya
asentadas (ADN, lofoscopia, dactiloscopia, pruebas fonométricas, etc.).
6) Las
acciones colectivas penales: Nadie habla de ellas, al menos con ese
nombre, pero ahí están. Desde el caso de la colza al de Volkswagen, pasando por
accidentes como el Prestige, el Alvia, Metro de Valencia o Spanair, el derecho
procesal penal debe modificarse para ser más ágil, dado que la responsabilidad
civil y el elevado número de víctimas amenaza con colapsar la acción penal. La proliferación
de delitos contra el mercado y los consumidores, productos financieros
fraudulentos (esquemas Ponzi, estafas piramidales, etc.), y el expansionismo
evidente de los delitos contra la salud pública (alimentos, bebidas, productos
farmacéuticos y veterinarios, etc.), van a exigir de profesionales atrevidos
para afrontar dichos procedimientos y cauces procesales aptos para que lleguen
a buen puerto y, a ser posible, que no sea tras diez años de instrucción…
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Mientras no instruya el Ministerio Fiscal seguirá el colapso judicial y los años y años en instrucción y sigo dudando de que la instruccion por parte del Juez sea constitucional.Por otro lado ¿ no le parece Don Juan Antonio que hay una tendencia criminalizar cualquier conducta que a la multitud le parece que debe ser penada? ¿ No le parece que hay una expansión del derecho penal muy poco acorde con su caracter fragmentario y de ser la última ratio que tanto se pregona teóricamente?
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