Como hay quien cree que esto de la responsabilidad penal de
las personas jurídicas es algún tipo de broma, o que es una cuestión puramente
teorética, dejo enlace a la Sentencia 890/2014, de 14-VII, dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial
de La Coruña, ponente Ilmo. Salvador Sanz Crego, que resulta ser absolutoria, y
donde se pedía, para la persona jurídica, un hotel donde se denunciaba que se
coaccionaba a dos rumanas a ejercer la prostitución, la disolución de la
persona jurídica y multa de 1750 €. Además, se solicitaba también una
responsabilidad civil solidaria de 12.000 € a pagar entre las dos acusadas y la
persona jurídica.
Por motivos obvios, al ser de mi ciudad, en este caso no la
comentaré, sin perjuicio de que sirva de testimonio de que la responsabilidad
de las personas jurídicas está empezando a llegar a juicio.
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