En el BOE del pasado 17-II-2016 se ha publicado el Protocolo de actuación
frente al acoso sexual, al acoso por razón de sexo, al acoso discriminatorio, y
frente a todas las formas de acoso y violencia en la Carrera Judicial. Un protocolo, como se puede ver,
denso y con todos los elementos definitorios y de gestión de una eventual situación
de las prevenidas en el título. Ahora sólo queda que la Fiscalía adopte el
propio.
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¿Por qué el título del protocolo empieza refiriéndose a determinados tipos de acoso y termina diciendo que resulta de aplicación a todos los acosos? ¿No hubiera sido mejor decir únicamente que se refiere a todo tipo de acoso? En realidad este comentario va dirigido a algún filólogo que pudiera leer este blog. Gracias.
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