Ante la pregunta del título cualquiera me
podría decir: Juan Antonio, qué cosas tienes, es tautología pura y dura. Sin
embargo, en lo relativo a corrupción entre jueces y fiscales no es así. Si
accedemos al “Repositorio de datos sobre
procesos por corrupción” del CGPJ, enlace AQUÍ, nos
encontramos con que el catálogo de delitos examinado es el siguiente:
“Se consideran
delitos relacionados con la corrupción a los efectos de este repositorio:
- Ordenación
del territorio, urbanismo y patrimonio histórico. Arts. 320 y 322 CP
-
Prevaricación de funcionarios públicos. Arts. 404, 405 y 408 CP
- Infidelidad
en la custodia de documentos y violación de secretos. Arts. 413, 414, 415, 416,
417 y 418 CP
- Cohecho.
Arts. 419, 420, 421 y 422 CP
- Tráfico de
influencias. Arts. 428, 429 y 430 CP
-
Malversación. Arts. 432, 433, 434 y 435 CP
- Fraudes y
exacciones ilegales. Arts. 436, 437 y 438 CP
-
Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los
abusos en el ejercicio de su función Arts. 439, 441, 442 y 443 CP
- Corrupción
en las transacciones comerciales internacionales. Arts. 286, 3º y 4º CP”.
Curiosamente, dicho repositorio se olvida
del delito de prevaricación judicial, bien porque no lo consideran corrupción,
bien porque piensa el redactor que el Poder Judicial está completamente a salvo
de toda mancha. Como quiera que los delitos cometidos por jueces y fiscales, en
el ejercicio de sus funciones, se han visto aforados a los TSJ o Tribunal
Supremo, lo cierto es que apenas se ve rastro alguno de ellos (juraría que no
se ha condenado penalmente a ningún fiscal por delitos relacionados por el
cargo y respecto a los jueces es bien sabido que son pocos y siempre por
asuntos muy noticiosos). Pero lo que no tiene sentido es que el delito de prevaricación
judicial no esté recogido: sea por favorecer o sea por perjudicar a alguien. Pocos exponentes más grandes hay de la corrupción que el de un juez que se
aparta intencionalmente de la legalidad; otra cosa es que haya muchas, pocas o
ninguna condena, tanto en la modalidad dolosa como en la imprudente.
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