En el BOE de 28 de octubre de 2014 se han publicado desde la STC 143 a la 155/2014 y el 29,
que serán tratadas en otro post, un buen número más.
De relevancia penal, considero importantes:
La Sentencia del Tribunal Constitucional 145/2014 (STC 145/14), tiene un muy interesante
fundamento jurídico 7º. La Audiencia de Zaragoza condenó a un sujeto por
asesinato usando, entre otras, una grabación en dependencias policiales al
detenido, es decir, cuando ni siquiera se le había acordado la prisión provisional.
El TC señala que, frente al art. 51 de la Ley General Penitenciaria (y arts. 46
y 47 del Reglamento General Penitenciario), la adopción de la medida al no
estar prevista, añadimos por norma con rango de Ley Orgánica, no puede
extenderse analógicamente. Es decir, frente a lo dicho en prensa estos días,
que no es que estemos siempre y en todo caso ante una actuación inconstitucional
(si en el futuro se regulase expresamente; de hecho, lo normal sería que
hubiera cámaras de seguridad en las zonas de calabozos para prevenir eventuales
agresiones y falsas denuncias a los policías), pero que, a día de hoy, esa práctica
carece de cobertura constitucional y legal. Sin embargo, no anula las sentencias
al entender que los distintos tribunales tenía sobrada prueba con exención de
esa grabación.
La Sentencia del Tribunal Constitucional 146/2014 (STC 146/14), tiene menos historia: el
TC, eso sí por 4 a 2, desestima el recurso de amparo de un sujeto condenado por
pertenencia a organización terrorista, al considerar que no ha habido quiebra
del principio de presunción de inocencia.
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