sábado, 28 de febrero de 2015

Tres recientes sentencias penales del Constitucional (STC 2, 3, 4/2015)


(Juventud antisocial; siempre con sus móviles)
En el BOE del 24-II-2015 se han publicado las primeras sentencias del Tribunal Constitucional del año en curso, si bien no añaden gran cosa a lo ya sabido de años anteriores.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 2/2015 (STC 2/2015), versa sobre una condena por un delito de información privilegiada (285. 1 Cp). Se desestima el recurso en tanto los dos órganos jurisdiccionales ordinarios no realizaron una interpretación jurídicamente irracional o arbitraria, recordándose que el TC no hace control de la legalidad ordinaria, salvo contradicción con un precepto constitucional o, desde la vertiente del 25. 1 CE, que los órganos de enjuiciamiento hayan llegado a inferencias sustantivas carentes de la más mínima base de racionalidad.

Las Sentencias del Tribunal Constitucional 3/2015 (STC 3/2015) y STC 4/2015, respecto a sendas cuestiones de inconstitucionalidad elevadas por la Audiencia de Barcelona, respecto a la falta de hurto del 623. 1. 2 Cp, señalando en el fallo que: “Declarar que el párrafo segundo del artículo 623.1 del Código penal es constitucional en tanto se interprete que, para apreciar la reiteración, las faltas de hurto han de haber sido objeto de condena firme en otro proceso, o ser enjuiciadas y objeto de condena en el proceso en el que se plantee la aplicación de aquel precepto”.

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