domingo, 19 de enero de 2014

Libertad de prensa ¡para los blogueros!



(Como muestra de cortesía, un par de “tweets” de la escritora española más leída)
Los derechos fundamentales, lejos de estar agotados, siguen en continua evolución. El Tribunal Supremo de Florida ha resuelto en el litigio Crystal Cox vs Obsidian Finance Group que la libertad de prensa de la Primera Enmienda de su Constitución ha de hacerse extensiva a las noticias de blogs, en tanto hoy en día, según el Tribunal, es muy complicado distinguir dónde empieza y acaba un periódico, estando ya en la era digital, y habiendo blogs con contenidos que incluso los periódicos no se atreven a difundir.

Ha de tenerse en cuenta que en EEUU la diferencia pasa a ser que la empresa, en este caso acusada de conocer un estado de quiebra, ha de poder probar que en el momento de redactar la noticia la bloguera sabía ella que era falsa.

Curiosa noticia y que en España antes o después generará un debate acerca del alcance del precepto constitucional. Yo creo que voy a acabar convirtiendo mi blog en “periódico de difusión jurídica” por algunas razones que empiezan a formarse en mi cabeza.

Os dejo el enlace a la noticia AQUÍ (en inglés).



Agradezco al Catedrático Dr. Eduardo Vírgala el enlace a la sentencia que os dejo AQUÍ.

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3 comentarios:

  1. Profesor, muchas gracias por tan interesante enlace.

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  2. Pues estimado Juan Antonio, lo del blog cuidado, que legalmente no es ninguna tontería y los conflictos jurídicos que pueden producirse y de hecho alguno se ha dado serían muy abundantes. LOPD para comentarios, aviso cookies por la LSSI, derechos de autor y propiedad intelectual por las fotos, fiscalidad por anuncios y ad sense, derecho al honor por injurias o calumnias, etc. Un saludo

    http://www.derechoenred.com/blog/documentos/GUIA_LEGAL_BLOGGERS_POCASTERS.pdf

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