Mientras
en España se legisla en el sentido de que a ciertos cargos judiciales se los
escoja por el Parlamento (todos los vocales del CGPJ) o se informe su
nombramiento (magistrados de los TSJ), Europa se empeña en remar
contracorriente. Así, el nuevo Reglamento interno y de funcionamiento del Tribunal de la Función Pública de la Unión
Europea, art. 7, establece que a su Presidente lo elegirán los propios
compañeros.
Dejando
al margen ese detalle, estamos ante una ley procesal que rige el TFUE y que
regula absolutamente todos los detalles del procedimiento, desde las costas a
las notificaciones, desde los órganos asesores a la formación de las distintas
salas.
Si la materia es de vuestro interés,
podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final
del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es
de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de
este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en
No hay comentarios:
Publicar un comentario