Ayer 31-V-2016 se publicó en el BOE una batería de sentencias del
Tribunal Constitucional, de la STC 75/2016 a la STC a la 88/2016.
Ni una sentencia que afectase a Derecho penal o procesal penal.
Ni una sentencia de recurso de amparo de nacionales españoles “normales”.
Las SSTC 75-77-2016 hacen referencia a declarar dilaciones indebidas porque
Juzgados de lo contencioso han tardado entre dos y cuatro años en ventilar
procesos de expulsión de extranjeros. Todo lo demás son peleas entre
Administraciones por competencias. Que si la Comunidad Valenciana o la catalana
o la canaria pueden legislar o no sobre tal o cual materia.
La STC 78/2016 versa sobre la suspensión de un diputado autonómico
madrileño durante un mes. La 83/2016 sobre el estado de alarma del 14-XII-2010
(y ya ha llovido).
Sin embargo, cada día hay menos sentencias que afecten a asuntos corrientes
de ciudadanos corrientes. El recurso de amparo, como tal, está desapareciendo
de la práctica del TC, obligando a la gente a tener un gasto más (abogado y
procurador), mentalizándose en que tendrá que acudir al TEDH. Razón por la cual,
también, muchos jueces están planteando cuestiones de legalidad al TJUE.
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Y si entra algún asunto penal o procesal penal, que ya es difícil, entonces tienes que tener suerte y que te toque un ponente que de profesión sea fiscal o magistrado de lo penal porque te puede tocar una catedrática de Derecho Civil, que no dudo de su enorme capacitación para resolver cuestiones relativas a un censo enfitéutico o un fideicomiso pero francamente de penal sustantivo y de garantías procesales penales sabe lo justo.
ResponderEliminarY se felicitan por ello.
ResponderEliminar"El TC CONSIGUE reducir en un 23,7 por ciento los asuntos pendientes. El 98,9 por ciento de recursos de amparo no superan ni siquiera el trámite de admisión, según se desprende de la Memoria que Pérez de los Cobos ha entregado este viernes al Rey".
http://www.abc.es/espana/abci-consigue-reducir-237-ciento-asuntos-pendientes-201606031206_noticia.html
¿Derechos Fundamentales? Eso es cosa del siglo pasado.
Lo que interesa al TC en este milenio del reich de los 1.000 años que se nos viene, es ¡¡ el catalán !!
El garante de la Constitución, no garantiza más que la desidia en su misión de simular la existencia de garantías constitucionales.
Saludos