miércoles, 11 de diciembre de 2013

¿Ha habido condenas a aforados en… Canarias?




Siguiendo a Galicia, Asturias, Cantabria, Navarra, País Vasco, La Rioja, Castilla y León, Aragón y Castilla La Mancha, hoy es el turno de la comunidad autónoma de Canarias.

Canarias, según el Instituto Nacional de Estadística (2012), tiene algo más de 2’2 millones de habitantes, siendo, en cuanto a población, la octava comunidad autónoma en población.

Como en todas las CCAA, es el Tribunal Superior de Justicia, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el que enjuicia los delitos cometidos por aforados.

El Estatuto de Autonomía de Canarias, Ley Orgánica 10/1982, carece de disposiciones en previsión de qué personas han de considerarse aforadas ante el TSJ (arts. 24-29), en el título dedicado a “De la Administración de Justicia”. Sin embargo, el art. 10. 3 del Estatuto afora a los Parlamentarios y el art. 19. 2 al poder Ejecutivo.

Acudiendo a la Ley Orgánica del Poder Judicial, art. 73. 3 b), quedan también aforados los Jueces, Magistrados y Fiscales por delitos o faltas. Recordamos que para el Tribunal Supremo, véase este post, las faltas de sus aforados las conoce el Juzgado de Instrucción correspondiente.

La Memoria de la Fiscalía Superior de Canarias aporta datos que se pueden consultar aquí (hay dos enlaces, siendo más interesante el de arriba). Según esa estadística los 4 fiscales se enfrentaron a lo largo de todo 2012 a 30 causas contra aforados, 9 apelaciones de jurados, 1 cuestión de competencia penal (dos tribunales dentro de la misma C.A. que pelean por no ser los competentes por un asunto concreto) y 2 juicios celebrados. Total: 42 procedimientos/4 fiscales: 10’5 procedimientos por fiscal en todo un año.


De esto, siguiendo la citada Memoria, se pueden colegir las siguientes matemáticas conclusiones:
1) La Fiscalía no promovió de oficio ninguna actuación.
2) Se ha denunciado por particulares 6 veces a algún miembro del Parlamento o Ejecutivo autonómico.
3) Según la misma estadística oficial se han presentado 2 escritos de acusación contra aforados en todo 2012 (primera Comunidad Autónoma en la que constatamos esto: recordamos que la media de escritos de acusación nacional por Fiscal de Audiencias Provinciales, de Área, etc., alcanza los 147 anuales por persona).

Estos son los datos. Veamos ahora si 2012 ha sido un año especialmente bueno o es la tónica general.

Acudimos al CENDOJ, base de datos oficial del CGPJ. 1) Pinchamos en “Jurisdicción” -> Penal, 2) En “Tipo de Órgano” -> Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal, 3) Ya, por abajo, en “Texto a buscar” -> Las Palmas de Gran Canaria. Le damos a enter. De las 10 páginas (100 resoluciones de hoy hasta el 25-III-2004), aparece que en 2013 se condenó por pevaricación y malversación de caudales a un Diputado (eso sí, aplicándole una atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada), en 2012 se condenó a otro Diputado por prevaricación urbanística (imponiéndole pena de multa a 10 € día, muy baja para ser Diputado, máxime al ser un delito continuado, que bien pudiera haber supuesto la pena de prisión), en 2009 se condenó a otro Diputado por un delito de negociaciones prohibidas (441 Cp) (imponiendo en este caso una pena de multa de 30 €/día, frente a los 10 € día del de 2012), y en 2006 se condenó a otro Diputado por un delito de intrusismo

Refinando la búsqueda y poniendo en “Texto a buscar” las palabras Las Palmas de Gran Canaria, aforado (he probado con las variantes aforamiento y aforada), no nos sale nada más.

Salvo que al CENDOJ no se suban todas las sentencias, repetimos que es la base de datos oficial del CGPJ, tenemos que desde 2002, inclusive, sólo se han dictado cuatro sentencia con aforados como implicados (eso sí, todas condenatorias).

Las conclusiones sobre la necesidad de destinar varios magistrados y 4 fiscales casi en exclusiva a esta materia (recordamos que los magistrados no tienen competencias en materia civil, pues Canarias carece de derecho foral propio), sobre si la ciudadanía se implica poco en la persecución de conductas delictivas o si, por el contrario, si la sensación de corrupción es mayor a la realidad, se las dejo a cada uno, pues esto es un simple análisis estadístico.

Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en

No hay comentarios:

Publicar un comentario