Siguiendo a Galicia, Asturias, Cantabria, Navarra, País Vasco, La Rioja,
Castilla y León, Aragón y Castilla La Mancha, hoy es el turno de la comunidad
autónoma de Canarias.
Canarias, según el Instituto Nacional de Estadística (2012), tiene algo
más de 2’2 millones de habitantes, siendo, en cuanto a población, la octava
comunidad autónoma en población.
Como en todas las CCAA, es el Tribunal Superior de Justicia, con sede en
Las Palmas de Gran Canaria, el que enjuicia los delitos cometidos por aforados.
El Estatuto de Autonomía de Canarias, Ley Orgánica 10/1982, carece de
disposiciones en previsión de qué personas han de considerarse aforadas ante el
TSJ (arts. 24-29), en el título dedicado a “De la Administración de Justicia”.
Sin embargo, el art. 10. 3 del Estatuto afora a los Parlamentarios y el art.
19. 2 al poder Ejecutivo.
Acudiendo a la Ley Orgánica del Poder Judicial, art. 73. 3 b), quedan
también aforados los Jueces, Magistrados y Fiscales por delitos o faltas.
Recordamos que para el Tribunal Supremo, véase este post, las faltas
de sus aforados las conoce el Juzgado de Instrucción correspondiente.
La Memoria de la Fiscalía Superior de Canarias aporta datos que se
pueden consultar aquí
(hay dos enlaces, siendo más interesante el de arriba). Según esa estadística
los 4 fiscales se enfrentaron a lo largo de todo 2012 a 30 causas contra aforados,
9 apelaciones de jurados, 1 cuestión de competencia penal (dos tribunales
dentro de la misma C.A. que pelean por no ser los competentes por un asunto
concreto) y 2 juicios celebrados. Total: 42 procedimientos/4 fiscales: 10’5
procedimientos por fiscal en todo un año.
De esto, siguiendo la citada Memoria, se pueden colegir las siguientes
matemáticas conclusiones:
1) La Fiscalía no promovió de oficio ninguna actuación.
2) Se ha denunciado por particulares 6 veces a algún miembro del Parlamento
o Ejecutivo autonómico.
3) Según la misma estadística oficial se han presentado 2 escritos de
acusación contra aforados en todo 2012 (primera Comunidad Autónoma en la que
constatamos esto: recordamos que la media de escritos de acusación nacional
por Fiscal de Audiencias Provinciales, de Área, etc., alcanza los 147 anuales
por persona).
Estos son los datos. Veamos ahora si 2012 ha sido un año especialmente
bueno o es la tónica general.
Acudimos al CENDOJ, base de datos oficial del CGPJ. 1) Pinchamos en “Jurisdicción” -> Penal, 2) En “Tipo de Órgano”
-> Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal, 3) Ya, por
abajo, en “Texto a buscar” -> Las Palmas de Gran Canaria. Le damos a enter.
De las 10 páginas (100 resoluciones de hoy hasta el 25-III-2004), aparece que en
2013 se condenó por pevaricación y malversación de caudales a un Diputado (eso sí,
aplicándole una atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada), en 2012 se condenó a otro Diputado por prevaricación urbanística (imponiéndole pena de multa a
10 € día, muy baja para ser Diputado, máxime al ser un delito continuado, que
bien pudiera haber supuesto la pena de prisión), en 2009 se condenó a otro Diputado por un delito de negociaciones prohibidas (441 Cp)
(imponiendo en este caso una pena de multa de 30 €/día, frente a los 10 € día
del de 2012), y en 2006 se condenó a otro Diputado por un delito de intrusismo
Refinando la búsqueda y poniendo en “Texto a buscar” las palabras Las
Palmas de Gran Canaria, aforado (he probado con las variantes aforamiento y
aforada), no nos sale nada más.
Salvo que al CENDOJ no se suban todas las sentencias, repetimos que es
la base de datos oficial del CGPJ, tenemos que desde 2002, inclusive, sólo se
han dictado cuatro sentencia con aforados como implicados (eso sí, todas
condenatorias).
Las conclusiones sobre la necesidad de destinar varios magistrados y 4 fiscales
casi en exclusiva a esta materia (recordamos que los magistrados no tienen
competencias en materia civil, pues Canarias carece de derecho foral propio),
sobre si la ciudadanía se implica poco en la persecución de conductas delictivas
o si, por el contrario, si la sensación de corrupción es mayor a la realidad,
se las dejo a cada uno, pues esto es un simple análisis estadístico.
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