jueves, 22 de agosto de 2013

Delitos urbanísticos (III): Estadística real sobre la corrupción urbanística





Como por todos es sabido, cada cierto tiempo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado llevan a cabo importantes intervenciones policiales que concluyen con detenciones, entradas acordadas por el juzgado en Ayuntamientos, etc., pero ¿en qué acaban las sentencias?

En este post no se va a estudiar la eficacia de las referidas FFSS del Estado, sino cómo concluyen las investigaciones.

METODOLOGÍA
Este post se ciñe a todas las sentencias dictadas entre el uno de enero y el treinta y uno de julio de este año por el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales de todo el Estado.

La base de datos que se ha utilizado para el estudio es el CENDOJ, alojada en la propia página web del Consejo General del Poder Judicial y de pública consulta donde, se presume, se suben todas las sentencias de los referidos órganos jurisdiccionales. Advertimos, por tanto, que quedan fuera las sentencias de todos los juzgados unipersonales de lo penal que estudian: 1) Delitos cometidos por particulares contra cuya sentencia cabe siempre recurso de apelación, 2) Sentencias de conformidad (nunca he visto una con una autoridad o funcionario público, con lo que, las que haya, lo normal es que sean de particulares que no han querido entrar en juicio y conformarse), 3) Delitos cometidos por autoridades o funcionarios (320 Cp); para que el Juzgado de lo Penal resuelva este concreto delito no debe haber ningún otro conexo, como podría ser la malversación de caudales, cohecho o falsedad documental, por poner algunos ejemplos.

En los delitos se van a distinguir como autores: A) Particulares, B) Autoridades (que englobarán a Alcaldes, Concejales, Secretarios de Ayuntamiento, Inspectores, arquitectos, aparejadores, arquitectos técnicos o cualquier otro tipo de funcionario).

Se distinguirá, al hablar de cada órgano, sus competencias en estos delitos y las resoluciones dictadas. Las sentencias estudiadas son única y exclusivamente aquellas en las que el Fiscal u otra acusación formularon, al menos en origen, escrito de acusación bien por un delito del art. 319 Cp o bien del 320 Cp.

ESTADÍSTICA
ÓRGANOS CENTRALES DEL ESTADO
TRIBUNAL SUPREMO
COMPETENCIA:
Sólo conoce de juicios en primera instancia contra aforados (no ha habido) y recursos de casación contra sentencias de la Audiencia Nacional (no ha habido), Tribunales Superiores de Justicia (no ha habido) y Audiencias Provinciales (ha habido ).

SENTENCIAS:
STS 495/2013, de 5-II: Mantiene la absolución a Autoridad.
STS 1110/2013, de 8-III: Mantiene la condena a un particular.
STS 3195/2013, de 14-V: Atenúa la pena a un miembro de la Oficina técnica municipal y al Secretario del Ayuntamiento de Yaiza (Lanzarote).
STS 2915/2013, de 22-V: Se rebaja la pena a un particular que promovió una obra ilegal.
STS 3109/2013, de 30-V: Se mantiene la absolución del Alcalde de La Vall de Laguart (Alicante).
STS 3860/2013, de 8 de julio: Se rebaja la condena de un arquitecto técnico de Aranjuez.

NOTA: En todos los supuestos, salvo en los de ratificación de la absolución, se les aplica la atenuante de dilaciones indebidas a todos los acusados, incluso como muy cualificadas, impidiendo el ingreso en prisión de los condenados.

AUDIENCIA NACIONAL
COMPETENCIA Y SENTENCIAS:
La AN únicamente conocería de estos delitos si fuesen como conexos a los habituales de su conocimiento, previstos en la LOPJ, cosa que no ha ocurrido en ninguna ocasión en lo que llevamos de año.

TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA AUTONÓMICOS
COMPETENCIA Y SENTENCIAS:
Los TSJ autonómicos sólo pueden conocer de estos delitos si: 1) Hay un aforado imputado, o 2) Se ha recurrido en apelación una sentencia en procedimiento de jurado (Casi imposible: Los delitos cometidos por particulares es muy difícil que sean conexos con los habituales enjuiciables por jurado, y los cometidos por autoridades, 320 Cp, al ser análogos a la prevaricación están expresamente excluidos del jurado).

No ha habido ni un solo juicio con aforados imputados ante los TSJ de todo el país en lo que llevamos de año.

AUDIENCIAS PROVINCIALES
COMPETENCIA:
Conoce de: 1) Recursos de apelación contra sentencias del Juzgado de lo Penal; contra esta sentencia ya no cabe ningún recurso ordinario, 2) Sentencias dictadas en primera instancia. Para que esto concurra con los delitos de los arts. 319 y 320 Cp es necesario que al menos se acuse de algún delito más, como falsedad documental, cohecho, malversación de caudales, etc.

SENTENCIAS:
Para ser sistemáticos, vamos a dividir las Audiencias Provinciales por Comunidades Autónomas.

ANDALUCÍA




Las Audiencias de CÁDIZ, HUELVA y MELILLA no han dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.
AUDIENCIA DE ALMERÍA:
SAP 124/2013, de 23-I: Confirma condena a particular.
SAP 126/2013, de 28-I: Confirma absolución a un Alcalde (condenado, eso sí, por omisión del deber de perseguir delitos), condenando a particulares.

AUDIENCIA DE CEUTA:
SAP 102/2013, de 17-VI: Confirma condena contra particular.

AUDIENCIA DE CÓRDOBA:
SAP 392/2013, de 16-I: Confirma absolución de particular.
SAP 218/2013, de 21-I: Confirma absolución de particular.
SAP 645/2013, de 12-II: Confirma absolución de particular.
SAP 648/2013, de 13-II: Confirma absolución de particular.
SAP 669/2013, de 27-II: Confirma absolución de particular.
SAP 196/2013, de 13-III: Condena a particular contra previa absolución.
SAP 549/2013, de 12-IV: Confirma condena contra particular.

AUDIENCIA DE GRANADA:
SAP 194/2013, de 21-I: Absuelve a Alcalde y otro funcionario contra condena previa.
SAP 208/2013, de 24-I: Confirma condena contra dos particulares.
SAP 500/2013, de 22-II: Absuelve a particular contra condena previa.

AUDIENCIA DE JAEN:
SAP 124/2013, de 14-I: Sentencia en primera instancia, en la que se absuelve al Alcalde de Hinojares y a varios particulares más.
SAP 127/2013, de 22-I: Confirma previa absolución de particular.
SAP 29/2013, de 31-I: Confirma condena de particular.
SAP 505/2013, de 1-II: Confirma absolución previa de 3 particulares.
SAP 398/2013, de 8-II: Confirma condena de particular.
SAP 512/2013, de 12-II: Confirma condena de particular.
SAP 260/2013, de 20-II: Confirma condena de particular.
SAP 271/2013, de 4-III: Confirma condena de particular.
SAP 286/2013, de 13-III: Confirma previa absolución de dos particulares.
SAP 453/2013, de 14-III: Confirma condena de particular.
SAP 521/2013, de 15-IV: Absuelve a 6 autoridades previamente condenadas.
SAP 538/2013, de 15-IV: Confirma condena de particular.
SAP 424/2013, de 18-IV: Confirma condena de particular.
SAP 540/2013, de 22-IV: Confirma condena de particular.
SAP 428/2013, de 24-IV: Confirma condena de particular.
SAP 530/2013, de 9-V: Confirma condena de particular.
SAP 625/2013, de 29-V: Confirma condena de particular.
SAP 672/2013, de 30-V: Confirma condena de particular.

AUDIENCIA DE MÁLAGA:
SAP 406/2013, de 9-I: Confirma condena de particular.
SAP 479/2013, de 16-I: Confirma condena de particular.
SAP 418/2013, de 30-I: Confirma condena de particular.
SAP 173/2013, de 31-I: Confirma condena de particular.
SAP 135/2013, de 21-II: Confirma condena de particular.
SAP 239/2013, de 21-II: Confirma absolución previa de particular.
SAP 426/2013, de 7-III: Confirma condena de particular.

AUDIENCIA DE SEVILLA:
SAP 23/2013, de 15-I: Condena a dos particulares contra absolución previa.
SAP 848/2013, de 10-IV: Confirma condena a dos particulares.
SAP 957/2013, de 22-IV: Confirma condena de dos particulares.

TOTAL ANDALUCÍA: 27 sentencias condenatorias a particulares, 10 sentencias absolutorias a particulares y 4 sentencias absolutorias hacia Autoridades, sin condena a ninguna Autoridad.

ARAGÓN




Las Audiencias de Zaragoza y Teruel no han dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.
AUDIENCIA DE HUESCA: Ratifica la sentencia absolutoria de un Juzgado de lo Penal dictada contra Autoridad. (1 sentencia).

TOTAL ARAGÓN: 1 sentencia absolutoria.


CANTABRIA




Ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.

CASTILLA LA MANCHA




Las Audiencias de CUENCA, GUADALAJARA y TOLEDO no han dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.
AUDIENCIA DE ALBACETE:
SAP 54/2013, de 17-I: Confirma absolución de acusación contra particular.

AUDIENCIA DE CIUDAD REAL:
SAP 719/2013, de 24-VI: Confirma condena contra particular.

TOTAL CASTILLA LA MANCHA: 1 condena contra particular, 1 absolución a particular, 0 sentencias relativas a Autoridades.

CASTILLA Y LEÓN




Las Audiencias de ÁVILA, BURGOS, LEÓN, PALENCIA, SEGOVIA; SORIA y ZAMORA no han dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.
AUDIENCIA DE SALAMANCA:
SAP 369/2013, de 27-V: Absuelve a dos particulares previamente condenados.

AUDIENCIA DE VALLADOLID:
SAP 395/2013, de 20-III: Absuelve a un particular previamente condenado.

TOTAL CASTILLA Y LEÓN: 2 absoluciones a particulares y 0 sentencias relativas a Autoridades.

CATALUÑA




La Audiencia de BARCELONA no ha dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.
AUDIENCIA DE GERONA:
SAP 338/2013, de 21-III: Confirma absolución de particular.

AUDIENCIA DE LÉRIDA:
SAP 64/2013, de 1-II: Absuelve a dos autoridades previamente condenadas.

AUDIENCIA DE TARRAGONA:
SAP 4572013, de 31-I: Ratifica condena contra particular.
SAP 579/2013, de 2-V: Confirma absolución contra particular previamente absuelto.
SAP 639/2013, de 23-V: Absuelve a particular previamente condenado.
SAP 822/2013, de 21-VI: Confirma condena contra particular.

TOTAL CATALUÑA: 2 sentencias condenatorias contra particulares, 3 sentencias absolutorias contra particulares, 0 sentencias condenatorias contra Autoridades, 1 sentencia absolutoria contra Autoridades.

COMUNIDAD VALENCIANA




AUDIENCIA DE ALICANTE:
SAP 707/2013, de 23-I: Confirma condena contra particular.

AUDIENCIA DE CASTELLÓN:
SAP 446/2013, de 30-V: Confirma absolución contra autoridad y particulares.

AUDIENCIA DE VALENCIA:
SAP 266/2013, de 7-I (Sede en Alzira): Confirma condena contra particular.
SAP 280/2013, de 23-I: Absuelve a particular previamente condenada.
SAP 53/2013, de 24-I: Confirma condena contra particular.
SAP 311/2013, de 18-II: Absuelve a dos particulares previamente condenados.
SAP 1071/2013, de 1-III: Confirma condena contra particular.
SAP 1973/2013, de 22-IV: Confirma condena contra particular.
SAP 1776/2013, de 23-IV: Confirma condena contra particular.
SAP 1956/2013, de 24-IV: Confirma condena contra particular.
SAP 2156/2013, de 24-V: Absuelve a particular en primera instancia.

TOTAL COMUNIDAD VALENCIANA: 7 sentencias condenatorias contra particulares, 3 sentencias absolutorias a particulares, 1 sentencia absolutoria a Autoridad.

EXTREMADURA





AUDIENCIA DE BADAJOZ:
SAP 595/2013, de 13-VI (Sección de Mérida): Absuelve contra previa condena.

AUDIENCIA DE CÁCERES:
SAP 16/2013, de 10-I: Se absuelve a dos particulares previamente condenados.
SAP 141/2013, de 14-II: Confirma condena contra particular.
SAP 149/2013, de 20-II: Confirma absolución respecto a particular.
SAP 159/2013, de 22-II: Confirma condena contra dos particulares.
SAP 43372013, de 14-VI: Confirma condena contra particular.
SAP 462/2013, de 20-VI: Confirma condena contra particular.
SAP 533/2013, de 12-VII: Confirma condena contra particular.

TOTAL EXTREMADURA: 5 sentencias condenatorias contra particulares, 3 sentencias absolutorias respecto a particulares y 0 sentencias relativas a Autoridades.

GALICIA




La Audiencia de ORENSE no ha dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.

AUDIENCIA DE LA CORUÑA (Incluye Santiago de Compostela):
SAP 58/2013, de 21-I (Sección Coruña): Ratifica condena contra particular.
SAP 360/2013, de 22-II (Sección Santiago): Confirma condena contra el Alcalde de Rianxo, absolviendo al resto de las autoridades.

AUDIENCIA DE LUGO:
SAP 98/2013, de 4-II: Absuelve a dos particulares previamente condenados.

AUDIENCIA DE PONTEVEDRA (Incluye Vigo):
SAP 981/2013, de 19-IV: Ratifica condena contra particular.

TOTAL GALICIA: 2 condenas a particulares, 1 absolución a particulares, 1 Autoridad condenada, 1 sentencia con autoridades absueltas.

ISLAS BALEARES




AUDIENCIA DE PALMA:
SAP 150/2013, de 22-I: Confirma condena de particular.
SAP 269/2013, de 23-I: Confirma condena de particular.
SAP 406/2013, de 18-II: Sentencia en primera instancia, absolviendo a 2 autoridades y 4 particulares.
SAP 468/2013, de 21-II: Confirma condena de particular.
SAP 1518/2013, de 1-VII: Confirma condena de dos particulares.

TOTAL ISLAS BALEARES: 4 sentencias condenatorias a particulares y 1 absolutoria de autoridades.

ISLAS CANARIAS




La Audiencia de SANTA CRUZ DE TENERIFE no ha dictado ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.
AUDIENCIA DE LAS PALMAS:
SAP 564/2013, de 20-II: Confirma absolución de particular.
SAP 811/2013, de 11-III: Confirma condena contra particular.
SAP 920/2013, de 9-IV: Absuelve a particular previamente condenado.
SAP 1031/2013, 20-V: Confirma condena contra particular.

TOTAL ISLAS CANARIAS: 2 condenas contra particular, 2 absoluciones de particulares, 0 sentencias relativas a Autoridades.


LA RIOJA




Ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.

MADRID




AUDIENCIA DE MADRID:
SAP 1142/2013, de 28-I: Confirma condena de particular.
SAP 4993/2013, de 25-III: Anula sentencia por graves defectos de forma.
SAP 7633/2013, de 4-IV: Confirma previa absolución.
SAP 6104/2013, de 23-IV: Confirma condena de particular.
SAP 12250/2013, de 10-VI: Absuelve a 4 particulares previamente condenados.

TOTAL MADRID: 2 sentencias condenatorias a particulares, 2 absolutorias a particulares, 1 anulación por defecto de forma y 0 sentencias relativas a Autoridades.

MURCIA




AUDIENCIA DE MURCIA (Incluyendo Cartagena):
SAP 140/2013, de 22-I (Sección de Murcia): Confirma condena de particular.
SAP 811/2013, de 15-III (Sección de Murcia): Confirma condena de particular.
SAP 1343/2013, de 10-V (Sección de Murcia): Absuelve a dos particulares previamente condenados.
SAP 1662/2013, de 21-VI (Sección de Murcia): Confirma condena de particular.

TOTAL MURCIA: 3 particulares condenados, 1 particular absuelto, 0 sentencias contra Autoridades.

NAVARRA




Ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.

PAÍS VASCO




Ni una sentencia, ni absolutoria ni condenatoria, ni contra particulares ni contra autoridades.

PRINCIPADO DE ASTURIAS




AUDIENCIA PROVINCIAL:
SAP 127/2013, de 23-I (Sección de Gijón): Ratifica condena contra particular.
SAP 585/2013, de 19-II (Sección de Oviedo): Ratifica condena contra particular.
SAP 1915/2013, de 7-VI (Sección de Oviedo): Ratifica condena contra particular.

TOTAL PRINCIPADO DE ASTURIAS: 3 condenas contra particulares, 0 contra autoridades.

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TOTAL DE ÓRGANOS SUPRAPROVINCIALES: 2 sentencias condenatorias a particulares, 2 sentencias condentorias a Autoridades (arquitectos y un secretario municipal, rebajando penas sensiblemente), 2 sentencias absolutorias de autoridades.

TOTAL DE ÓRGANOS PROVINCIALES: 58 sentencias condenatorias contra particulares, 28 sentencias absolutorias a particulares, 1 condena a autoridades, 9 absoluciones a autoridades. 1 anulación por graves defectos de forma en asunto contra particular.

CONCLUSIONES
Diversas instituciones internacionales, como la ONU o el Consejo de Europa (a través del GRECO), ponen énfasis en que la corrupción urbanística es uno de los delitos que más dinero negro mueve y más corrompe a los poderes públicos.


Sin embargo, para España el análisis de estas sentencias arroja que, para algo más del primer semestre de 2013, no habría una gran corrupción urbanística. Concretamente, el Tribunal Supremo únicamente mantiene la condena de un Secretario municipal de un pueblo de Lanzarote y de un par de arquitectos. En el ámbito provincial sólo se observa la condena del Alcalde de Rianxo, pequeñísimo y remoto pueblo de la provincia de La Coruña.


En cuanto a los delitos cometidos por particulares, téngase muy en cuenta que muchas de las 58 sentencias que hemos mencionado como condenatorias fueron recurridas por el Fiscal porque el Juzgado de lo Penal no había acordado el derribo, manteniendo la Audiencia la condena, pero muchas veces sin ordenar el derribo (p. ej. bastantes sentencias de Jaén, Murcia o Madrid).

El Tribunal Supremo ha establecido que la regla general es el derribo (ver este post). Lo contrario supondría que el enjuiciamiento sólo constituiría una tasa más para edificar donde uno quiera. Pues bien, como los lectores saben, salvo en materia de jurado sólo hay 2 instancias en el proceso penal, y en la mayoría de las ocasiones la Audiencia Provincial lo es, no existiendo control del TS, al no haber un recurso de casación en interés de ley como el que está proyectado para el Código Procesal Penal.



Lo único que no podremos saber, al menos a través de este blog, es a qué causas particulares se deben estos resultados, particularmente los relativos a autoridades y funcionarios públicos. Pero lo cierto es que los datos finales (1 alcalde de pueblo pequeño, 1 secretario municipal de pueblo de isla y 2 arquitectos condenados) no abonarían la existencia de una notable corrupción en materia urbanística en España, por más que la opinión pública sea la contraria.



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1 comentario:

  1. Esto es básicamente por lo que España y demás países de base jurídico-filosófica semejante se diferencian de la británica-nórdica. Cuando tu idea de mercado no es más que una partida de póquer en un tugurio de mala muerte en el que los ases caen de debajo de las mangas como parte del juego, la mano invisible de Adam Smith pasa de ser una mano que equilibra a una mano por debajo de la mesa. En España y similares, dónde digamos que sus autores filosófico-jurídicos no fueron lo que se entiende por brillantes, la economía hace mucho tiempo que es ficticia, maquillada por una serie de personajes cavernícolas que utilizan a otros para sus fines personales. Que el sistema jurídico entre a formar parte de este espectáculo ya dice bastante poco de la concepción de la estafa legal que tienen algunos. Es obvio que este tipo de conductas no tenderán a ser penadas como merecen, porque forma parte de esa concepción "tradicional" que tienen algunos del desarrollo económico, que a día de hoy ya sabemos qué mecanismos ha tenido. Y luego se preguntan algunos por qué tienen un país tan lamentable como el que tienen... Curiosa paradoja.

    Interesante entrada. Saludos.

    http://www.mensajedesconocido.com/el-banquero-que-amaba-la-literatura-relato/

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