domingo, 11 de agosto de 2013

El Anteproyecto de Código Procesal Penal (VIII; Libro VII, La Ejecución)





Con este post concluimos el estudio del Anteproyecto del Código Procesal Penal, que, al parecer, está a punto de remitirse por el Gobierno al Parlamento. Nos pararemos únicamente a hablar de las modificaciones reales respecto al régimen actual, dado que, en muchas cuestiones, simplemente codifica lo que ya se practicaba jurisprudencialmente.

TÍTULO I: Disposiciones generales (arts. 634-651 ACPP)
Se prevé en el art. 636. 2 ACPP dice:
No obstante, la ejecución de las sentencias condenatorias o que impongan una medida de seguridad a persona frente a la que exista una ejecución pendiente corresponderá al Tribunal que estuviera conociendo de ésta, salvo para las decisiones en aquellas materias que conforme a este Código deba adoptar en todo caso el Tribunal sentenciador”. No queda muy claro quién será el responsable al final. Se prevé la creación de un Registro nacional de ejecuciones (art. 637 ACPP); se establecen como partes obligatorias al Fiscal y al condenado, siendo opcional la constitución de otras acusaciones (638. 2 ACPP).

El art. 644 ACPP regula la conclusión de la ejecución, tanto parcial (párrafo 2º), como temporal (párrafo 4º).
Se prevé hasta recurso de casación contra el auto que decida sobre la prescripción de la pena (646. 2 ACPP).
La suspensión de la tramitación por indulto será la excepción (649. 1 ACPP).
Se prevé el inicio de la tramitación a través de una comparecencia (art. 651), no suspendiéndola la incomparecencia de ninguna parte (651. 3 ACPP). Lo más importante, apartado 7º, es que se acaba el actual cuento que supone la ejecución; se decide en un solo acto si se suspende, se sustituye la pena o se ejecuta directamente.


TÍTULO II: La ejecución de penas privativas de libertad (arts. 652-680 ACPP)
El art. 654 ACPP contempla el régimen general de la suspensión de la pena. En los arts. 658 y ss. ACPP se regula la sustitución de la pena, destacando la expulsión del extranjero de residencia ilegal (art. 659 ACPP), volviendo a caber hasta recurso de casación (art. 660. 3 ACPP).
Para la ejecución de la pena de prisión se prevé la creación de pieza separada dentro de la propia causa (art. 662 ACPP). Se regula la forma concreta de la refundición, consonante con el art. 76 Cp, en el art. 666 ACPP.
En los arts. 674 y ss se regula el control judicial de la ejecución de la pena de prisión, que se atribuye al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria donde se encuentre la prisión.

TÍTULO III: Ejecución de penas restrictivas de otros derechos (art. 681-699 ACPP)
Empieza en un error, puesto que en las dos versiones consultadas, se refiere a “capítulo”, debiendo ser “título” para mantener la consonancia con el resto.
Por lo demás, regula ejecuciones como la localización permanente, prohibiciones de aproximarse a alguien o a algún lugar, comunicarse con alguien, medios telemáticos de control, las inhabilitaciones, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, tenencia y porte de armas, trabajos en beneficio de la comunidad, posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, pena de multa (incluyendo aplazamiento, fraccionamiento y apremio, previendo que la AEAT ejecute las penas pecuniarias), el comiso y el trastorno psíquico (sobrevenido) del penado.

TÍTULO IV: Ejecución de medidas de seguridad (arts. 700-702 ACPP)
En la práctica se remite a lo dicho para las penas de prisión y asimilables.

TÍTULO V: Ejecución de penas y medidas impuestas a personas jurídicas u otras entidades (art. 703 ACPP)
Se remite a la Ley de Enjuiciamiento Civil y al CP, genéricamente, aunque con impulso de oficio.

TÍTULO VI: Ejecución de los pronunciamientos civiles (arts. 704-706 ACPP)
Se remite a la Ley de Enjuiciamiento Civil con impulso de oficio, regulando las indemnizaciones diferidas a ejecución de sentencia (art. 705 ACPP) y previendo la ejecución civil provisional (706 ACPP), lo cual es una interesante novedad.

TÍTULO VII: Ejecución de la condena en costas (art. 707 ACPP)
Se remite a lo previsto en la legislación procesal civil.

Sin perjuicio de mis conclusiones sobre el Anteproyecto, que aparecerán en post separado, dejo un compendio de enlaces a todos los post sobre el ACPP.

Presentación y Título preliminar.
Libro III: Medidas cautelares.
Libro VI: Los recursos.
Libro VII: La ejecución.
Conclusiones (pendiente).

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