sábado, 4 de abril de 2015

Compliance: El SEC sanciona con 130.000 dólares a una empresa por una cláusula contra whistleblowers


Ya se ha escrito en este blog en alguna ocasión anterior sobre el SEC norteamericano, Securities and Exchange Comission, el equivalente norteamericano a nuestra CNMV. Ha llegado a un acuerdo con KBR Inc. (empresa de ingeniería y tecnología), para dejar en 130.000 € de multa su sanción por el mero hecho de incluir cláusulas contractuales con los trabajadores, según las cuales los eventuales whistleblowers (en definitiva cualquier trabajador que quisiera comunicar un delito cometido en el interior de la empresa), debían comunicarlo sólo a la empresa bajo pena de una sanción interna. Según la noticia oficial (en inglés), esta conducta vulnera la regla 21 F-17 de la Dodd-Frank Act.

En España, queda por elaborar un estatuto del whistleblower, para que cualquier empleado, socio o directivo que realice una comunicación interna o externa de la comisión de cualquier tipo de infracción no pueda ser represaliado por el hecho de comunicarlo; pero, claro, al estilo americano del cañonazo: la multa u otra pena. De nada sirve que, por ejemplo, el trabajador sea despedido y eventualmente el juez social declare la nulidad del mismo. Es necesario que la coactividad crezca enteros, puesto que el estado, sea el español o el norteamericano, nunca pueden pretender descubrir todo delito por sí sólo y necesita de colaboradores privados.

Comparto también un enlace a un libro de 187 páginas, facilitado por el abogado bilbaíno Emilio Aparicio Santamaría, que lleva el título “Función inspectora”, coordinado por Juan José Díez Sánchez y publicado por el INAP. El enlace lo es a un artículo de D. Gabriel Doménech Pascual, de la Universidad de Valencia. Se puede descargar pinchado AQUÍ.

Pensamiento del día: “Si ayudo a una sola persona a tener esperanza, no habré vivido en vano” (Martin Luther King).

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