El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado dos sentencias el 16-I-2014
que vienen a establecer que los periodos en los que el extranjero haya estado
en prisión no computan al efecto del plazo de residencia continuada, que además
interrumpe, con lo que es conforme al Tratado la expulsión de dichos
extranjeros.
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