(con
la pareja feliz no se atreve cualquiera)
Me ha llegado la muy interesante Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de Toledo, de 15-X, ponente Ilmo. Carmelo Ordóñez
Fernández, en la que se condena a un acusado, entre otras penas, a 7 meses de
prisión por ahorcar a dos galgos.
NOTA: Se añade enlace, pero se avisa que la foto PUEDE
HERIR LA SENSIBILIDAD del lector, al aparecer uno de los galgos ahorcados: Noticia del periódico ABC.
Como cuestiones técnicas vamos a destacar:
Que formó parte una acusación popular, “Baas Galgo”,
representada por el letrado madrileño D. Sergio García Valle, a quien tuve el
gusto de conocer junto a su simpática mujer, Dña. Sofía Ciudad, en el acto
organizado por los Jóvenes Abogados de Madrid y la Plataforma Cívica por la Independencia
Judicial (enlace).
Recordamos que sin actuaciones procesales realizadas
por asociaciones de estas características, muchos delitos, especialmente en
materia de medioambiente, urbanismo, contra el mercado y los consumidores,
etc., no serían efectivamente perseguidos. A este respecto, recordamos que el
Anteproyecto de Código Procesal Penal pretende extinguir el derecho constitucional
recogido en el art. 125 de nuestra Carta Magna (véase este post).
Los hechos consisten en que un cazador ahorcó a dos
galgos de presa, de 5 años y 22 meses de vida, al acabar la temporada de caza,
descubriéndose por el microchip quién era el dueño. No quedó acreditado para el
juez que un tercer perro de su propiedad, pero sin microchip, muerto en
idénticas circunstancias, hubiese sido sacrificado por su dueño.
La sentencia, desde el punto de vista estrictamente
jurídico, tiene los siguientes puntos a valorar:
Que le aplica la atenuante analógica de confesión (21.
7 y 4 Cp), al confesar los hechos ante la primera llamada de la Guardia Civil.
No aplica el error de prohibición, puesto que, por muy
arraigada que esté una costumbre, que hay que probar más allá de con la propia
palabra, la costumbre no desplaza el contenido de la ley sancionadora, en este
caso penal, además de por el especial conocimiento que ha de tener un cazador
de la legislación específica.
Rechaza las agravantes pedidas por la acusación
popular por no encontrar el juez admisible que se extiendan en su paralelismo
personas y animales.
Rechaza conceder indemnización a la acusación popular,
al entender que no hay una relación directa, como la puede tener un dueño con su
animal.
Concede, eso sí, las costas procesales incluyendo las
de la acusación popular. Recordamos que lo normal es concederlas si ha supuesto
un plus respecto a lo peticionado por el Fiscal. En el caso concreto, el Fiscal
sólo acusó por un único delito, mientras que la acusación popular lo hizo por
delito continuado, calificación efectivamente recogida por la sentencia
examinada, con lo que procedía que el acusado corriese con sus honorarios.
Finalmente, una cuestión con la que no estoy de
acuerdo, aunque no hay jurisprudencia de animales al respecto, es porque la sentencia entiende que haya delito continuado, cuando, según mi modesta opinión, hay tantos delitos como
animales muertos o maltratados.
Si recordamos delitos tan sanguinarios como los de
terrorismo, si una acción causa varios resultados lesivos, p. ej. 3 muertos y
46 heridos, se condena al autor por 3 asesinatos terroristas y 46 lesiones
terroristas, y no un delito continuado de asesinato y otro de lesiones, y todo
ello sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 76 Cp. Con los animales tiene que
ocurrir otro tanto, en mi opinión y dada la mecánica de esta muerte, que exige
ahorcarlos uno a uno. En cualquier caso, es una gran victoria para los
defensores del medioambiente y para la Asociación Baas Galgo de Toledo.
También, por si os interesa, podéis consultar esta sentencia sobre otro caso práctico y este post sobre cómo se agravarán las penas si se aprueba la reforma legal del
Código penal en esta materia.
Si la materia es de vuestro interés, podéis
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Estoy de acuerdo en el punto de que no sería un delito continuado, si no diversos delitos. Soy criminóloga y coordinadora de un refugio que sufrió un incendio provocado a manos de un sujeto. En dicho incendio murieron 10 gatos, es un solo hecho con 10 víctimas. En este caso, nuestra intención como acusación particular es la de pedir la imputación de 10 delitos de maltrato animal con resultado de muerte. Crees que sería factible solicitar esto al juez y que probabilidad crees que hay de que acepte imputar los 10 delitos de maltrato animal?
ResponderEliminarAyer me comentó una persona que conoce una sentencia de delito continuado, aunque no me concretó si es del Supremo o de otro lado.
ResponderEliminarSi no se lanza la piedra no se sabe si llegará lejos o no.
No olvidemos el delito de incendio (351 y ss si ha habido peligro para la vida de personas o 264 y ss Cp).